Mantienen la condena de 15 años de cárcel para un guardia civil de Xàtiva que mató a tiros a un traficante
El agente y un amigo asesinaron a la víctima, a quien debían una gran cantidad de dinero por varias dosis de cocaína
EFE
Miércoles, 1 de diciembre 2010, 17:27
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 15 años de prisión a un guardia civil de Xàtiva que mató a tiros en octubre de 2006, con la ayuda de un amigo, al traficante que habitualmente le suministraba cocaína y a quien debía dinero.
La sentencia de la Sala Segunda de lo Penal desestima así el recurso de casación interpuesto por el procesado al fallo emitido por la Audiencia de Valencia, que ahora queda ratificado.
El pasado mes de febrero, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial declaró al agente Carlos Javier L.O. autor de los delitos de homicidio con abuso de superioridad y tenencia ilícita de armas, mientras que a su amigo Joaquín B.C le atribuyó los mismos delitos, pero con la atenuante de confesión y fue condenado a 13 años. Asimismo les condenó a indemnizar con 306.649 euros a la mujer y tres hijos.
El tribunal consideró probado que, en 2006, el agente, destinado entonces al destacamento de Tráfico en Xàtiva, y su amigo trabaron amistad con Leonardo O.Ch., que les suministraba cocaína y con el que tomaban copas y frecuentaban locales de alterne.
Según la sentencia, Carlos llegó a adeudar al traficante "importantes cantidades de dinero", al igual que Joaquín, "bien porque solían consumir drogas habitualmente, bien porque venían participando de alguna manera en el tráfico de drogas" que dirigía el tercero.
En un momento dado, el camello se impacientó y amenazó de muerte a uno y a otro y a sus familias si no pagaban, de modo que éstos, asediados por la insoportable deuda, decidieron matarle.
De mutuo acuerdo, la tarde del 26 de octubre de 2006 los dos amigos concertaron una cita con Leonardo con la excusa de solventar su deuda y se dirigieron a un área de servicio de la carretera N-430, a la altura del término municipal de Montesa, donde discutieron sobre el adeudo.
En un momento dado, el traficante quedó inerte sobre el asfalto tras recibir cuatro tiros, al menos uno disparado por Joaquín, mientras que el juez no ha podido determinar la autoría de los otros tres disparos ni si se efectuaron con la pistola del agente o por otra portada por su amigo.
Después metieron el cadáver en el coche y, tras quitarle sus efectos personales para evitar su identificación, lo abandonaron en un bancal de olivos del término municipal de Biar (Alicante).
El Supremo rechaza el recurso
Dictada la sentencia, el agente interpuso un recurso de casación al entender que se cometía una infracción del principio de presunción de inocencia e insistía en que "no existen pruebas de cargo suficientes" para sustentar la condena.
Por contra, el TS concluye que la argumentación de la Audiencia de Valencia enuncia y analiza una serie de "pruebas, declaraciones testificales, documentos y pericias, además de las propias manifestaciones de los acusados, parcialmente coincidentes, todas ellas válidas en su producción, razonablemente valoradas y plenamente capaces para sustentar el fallo condenatorio".
El procesado también alega en su recurso que debió ser juzgado por un Tribunal del Jurado y no por uno profesional, extremo refutado ahora por el TS.
La Sala Segunda asimismo rechaza la denuncia de Carlos Javier de que la Audiencia actuó con desigualdad en el trato para con ambos condenados al negarle una atenuante de colaboración con la Justicia, a la vez que aplica al otro procesado la de confesión.
El Supremo sostiene que los comportamientos procesales de cada uno de los condenados son "realmente dispares", por lo que "su distinta consideración no equivale en modo alguno a una desigualdad de trato vulnerante del artículo 14" de la Constitución.
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