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Domingo, 25 de septiembre 2016, 00:30
La ley de caza de la Comunitat Valenciana prevé sanciones de hasta 15.000 euros para las infracciones más graves. Su artículo 12 detalla algunas de esas conductas propias de los cazadores furtivos. Por ejemplo, cazar de noche o emplear lazos, anzuelos, fosos, trampas y de cepos o ballestas. De igual modo, quedan desterrados de la caza las redes y sustancias adhesivas, los silenciadores y miras de visión nocturnas, los sistemas luminosos o de infrarrojos y cualquier sustancia venenosa. Una vez cazado el animal se le debe colocar el crótalo o precinto (bajo estas líneas) para asegurar su legalidad. En él se señala el sexo de la pieza y su especie de caza mayor: cabra montés, muflón, ciervo, gamo, arruí, corzo o jabalí. Una parte es para el servicio local de caza.
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