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Domingo, 5 de febrero 2017, 16:34
El uso de videocámaras tiene sus limitaciones para interferir lo menos posible en la intimidad. Según la AEPD, las videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de zonas públicas. «Podrían tomarse imágenes parciales y limitadas» de la calle sólo «cuando resulte imprescindible». Además, añaden, «debe existir una relación de proporcionalidad entre la finalidad perseguida y el modo en el que se traten los datos». Por ejemplo, sería desproporcionado instalar una videocámara para vigilar el acceso a un garaje con zoom o posibilidad de giro. Toda videovigilancia que suponga grabación debe notificarse a la agencia. Es obligatorio informar con carteles de la existencia de videocámaras «como mínimo en los accesos a las zonas vigiladas». Quien graba debe velar por la seguridad de los archivos y eliminar las imágenes en el plazo máximo de un mes. El grupo de seguridad privada de la Policía Nacional es el equipo encargado de supervisar la correcta instalación de cámaras.
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