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Personal sanitario en el Hospital de la Ribera, gestionado por Ribera Salud.
El Constitucional despeja el camino a Ribera Salud

El Constitucional despeja el camino a Ribera Salud

La sentencia motivada por la privatización de seis hospitales en Madrid blinda el 'modelo Alzira' frente a las propuestas para derogarlo

Xavi Moret

Miércoles, 13 de mayo 2015, 20:52

La gestión privada de la sanidad no altera la naturaleza pública del servicio. Éste es el argumento fundamental en el que el pleno del Tribunal Constitucional se apoya para desestimar un recurso planteado por varios senadores socialistas contra la privatización de la gestión de seis hospitales en Madrid. Aunque las consecuencias prácticas del fallo son escasas porque el Gobierno de Ignacio González ya renunció al proyecto ante el rechazo frontal que suscitó en una parte del colectivo sanitario, la conclusión de fondo tiene importantes implicaciones para el futuro del negocio de la empresa pionera en el desarrollo de este modelo, el grupo valenciano Ribera Salud.

El fallo llega en un momento especialmente relevante, cuando varios de los partidos que concurren a las elecciones autonómicas del próximo 24 de mayo han convertido la defensa de la sanidad pública en uno de los ejes de sus programas. Algunas formaciones han traducido esa defensa en propuestas que van desde la revisión de las concesiones actuales hasta la reversión del modelo. Las más combativas en este sentido están siendo Podemos, EU o Compromís, mientras que el PSPV-PSOE propone no renovar las concesiones vigentes.

Ribera Salud lleva desarrollando el modelo de gestión sanitaria mixta desde 1997, año en el que se adjudicó la concesión administrativade la Ribera que da nombre al modelo Alzira. En la actualidad gestiona otros tres hospitales en la Comunitat: Torrevieja, Denia y Vinalopó-Elche. La concesión del Hospital de la Ribera, sobre la que existe una opción de prorroga de cinco años, expira durante la próxima legislatura, concretamente en 2018. Las demás vencen en 2021, 2024 y 2025, respectivamente.

El grupo sanitario, que el pasado año pasó a estar controlado por la compañía estadounidense Centene Corporation como socio de Banco Sabadell, ha intensificado en los últimos meses sus proyectos de expansión internacional ante las incertidumbres que planteaba el mercado español. Después de que quedase abortada la externalización de la gestión sanitaria en Madrid, donde Ribera Salud se había asegurado un contrato superior a 2.300 millones por la gestión de dos hospitales, la compañía valenciana ha centrado todos sus esfuerzos en el exterior.

La entrada en su accionariado del grupo estadounidense no ha hecho sino intensificar esa estrategia, que ha fructificado ya con la inauguración en Perú de los dos primeros hospitales con el modelo de colaboración público privada en América Latina y con la aspiración de ganar el concurso para construir un hospital de 900 camas en Bratislava (Eslovaquia).

Sin embargo, el fallo del TC vuelve a poner sobre la mesa los planes en el mercado español y disipa los temores ante el vencimiento de la concesión de Alzira dentro de tres años, pues la eventual derogación de la ley 15/97 sobre nuevas fórmulas de gestión sanitaria chocaría con el criterio fijado por el Constitucional. Alberto De Rosa, consejero delegado de Ribera Salud, cree que el pronunciamiento "refuerza el modelo de colaboración público privada frente a la demagogia existente".

A juicio de Rosa Vidal, socia directora de Derecho Público en Broseta Abogados, la sentencia acredita que la prestación del servicio por parte de un tercero mediante una concesión es "perfectamente constitucional y supone un espaldarazo muy claro al modelo". Cualquier futuro recurso ante la norma que regula la externalización chocaría con el criterio del constitucional. "El modelo es viable y compatible con la constitución, es perfectamente legal", insiste Vidal, experta en temas concesionales.

En la misma línea se pronuncia Javier Molina, socio de Cuatrecasas experto en Derecho Laboral y Sociosanitario. "La Constitución no dice a través de qué instrumento se tiene que prestar el servicio -público o privado-. Lo que dice es que el servicio es público. Ahora el TC confirma que esta fórmula de gestión en ningun caso atenta contra el derecho fundamental a la salud que tienen los ciudadanos", concluye el experto.

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