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Rafael Blasco, el día que declaró en el TSJ valenciano.
La Fiscalía baraja pedir ya el ingreso en prisión para Blasco tras los ocho años de condena

La Fiscalía baraja pedir ya el ingreso en prisión para Blasco tras los ocho años de condena

La sentencia del TSJ impone penas de prisión para la cúpula de la desaparecida conselleria de Solidaridad

A. RALLO

Jueves, 29 de mayo 2014, 00:06

El TSJ tumbó ayer a uno de los políticos más importantes de la democracia en la Comunitat. Rafael Blasco, siete veces conseller con todos los Gobiernos autonómicos, vio cómo su aura de invencible claudicaba frente a 274 folios de sentencia que terminan con una condena de ocho años de prisión y 20 de inhabilitación por malversación, prevaricación, tráfico de influencias y falsedad documental. Al cabo de unas horas renunció a su escaño en Les Corts.

La dureza del fallo se extiende al resto de imputados en la causa, la plana mayor de la extinta Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía, hoy ya un recuerdo del pasado. Todos los subalternos a las órdenes del entonces conseller han visto ligada su suerte a la de su jefe. Su mano derecha, Tina Sanjuán, resulta especialmente retratada con otros siete años cárcel. Sólo se salva de la quema, Josep María Felip, siete años de inhabilitación para el que fuera, en otros tiempos, el más estrecho colaborador de Blasco. Y todavía restan enjuiciar las otras dos piezas en las que se ha dividido el caso. El Tribunal de Cuentas será el encargado de decir qué cantidad deben reponer los ex altos cargos a las arcas públicas.

Más fácil se suponen las condenas posteriores a tenor de los hechos probados que recoge la sentencia del TSJ, cuyo ponente ha sido Antonio Ferrer. Fuera de la trama gubernamental, el cabecilla Augusto César Tauroni se queda con ocho años y el presidente de la Fundación Cyes se enfrenta a otras cuatro temporadas tras las rejas. Ambos, junto a la mujer de este último, deberán pagar una indemnización de 1,7 millones de euros.

A Blasco y al resto de condenados todavía les queda la baza del Tribunal Supremo. El hecho de que Tauroni esté preso aceleraría la resolución del recurso, que todos presentarán. La respuesta podría estar en unos ocho meses. No obstante, esta posibilidad no necesariamente debe alejar su entrada en Picassent. La Fiscalía Anticorrupción estudia ahora solicitar el ingreso en prisión provisional del exconseller como medida cautelar. La petición se podría sustentar en dos factores. Por un lado, el riesgo de fuga. Algo que, en principio, no parece muy probable en el caso de Rafael Blasco. Pero también en lo elevada de la condena: ocho años. El Ministerio Público suele requerir esta medida a partir de los cinco años de prisión. En cualquier caso, será el TSJ quien deba resolver al respecto.

La sentencia, hecha pública tres días después de las elecciones europeas, resulta especialmente dura. Por el fallo y las formas. En este caso, la trama se puede dividir en dos ramas. La empresarial, liderada por el presidente de Cyes - «ha hecho de la Cooperación su medio de vida», le reprocha el tribunal- y el empresario Augusto César Tauroni. Luego, en otra esfera, se sitúan Blasco y el resto de funcionarios.

La amistad Blasco y Tauroni

Los hechos que el TSJ da por probados, en resumen, son los siguientes. Tauroni «se concertó con Blasco» para que le fueran concedidas a la Fundación Cyes -no confundir con la constructora del mismo nombre- una serie de subvenciones «pese a no reunir los requisitos». A saber, la experiencia previa y el presentarse junto con otra ONG. Previamente, Tauroni ya había pactado con Marcial López. A cambio, Tauroni recibió el 25% de «comisión» con facturas de su empresa Arcmed por informes copiados de internet. Llama la atención el TSJ en que «no consta determinado qué tipo de compensación recibiría Blasco y sus colaboradores».

La Fiscalía se esforzó en demostrar la amistad de Blasco con Tauroni. La sentencia compra esta tesis. No entra en si aquel vínculo es o no amistad -algo tremendamente subjetivo- sino que determina que la relación «trasciende lo profesional entre un funcionario y un peticionario que acude a él». Para sustentar esto enumera los antecedentes de Tauroni. La relación con el hermano de Blasco; su paso por la Fundación Amela, vinculada a Consuelo Císcar; el pago a una revista con participación de Blasco así como el constante intercambio de correos electrónicos y llamadas de teléfono.

La conselleria, un desastre

En total, la supuesta ONG recibió 1,8 millones de euros en dos proyectos a desarrollar en Nicaragua. El tribunal lanza, en este punto, otro dardo a la gestión del exconseller: «Blasco se ha aprovechado de una estructura administrativa desorganizada, la cual lejos de ordenar, ha pervertido en aras de la consecución de sus propósitos». Sus subordinados «respondieron a sus directrices en atención a su autoridad y al temor de que pudieran prescindir de sus servicios».

La sentencia atribuye un papel capital a Tina Sanjuán, secretaria general de la conselleria. Ella evita que las solicitudes de los proyectos sean excluidas y «fuerza» la evaluación por parte de la auditora externa. Luego llegaron las presiones a la comisión técnica, el órgano de la conselleria que debía emitir un informe al respecto. El TSJ calificó de «burda» esta maniobra perpetrada por el máximo responsable del departamento. Una vez Marcial López cobra el dinero lo utiliza para sus fines personales. Se trataba de la compra de inmuebles para establecer su sede en Valencia. Nunca podría haber afrontado este desembolso si no le hubieran dado la subvención.

A continuación, según detalla la resolución, los expedientes quedan bajo custodia de Sanjuán y Llinares. Y nadie más podía acceder a ellos. Más tarde, cuando llega el momento de justificar los gastos «se acepta cualquier factura pese a que es notorio que habían sido alteradas o creadas ex profeso para su incorporación a los expedientes». El caso salto a los medios y es entonces cuando «se ordenan» los expedientes para dar «apariencia» de regularidad. Además, se encarga una relación de facturas para que de forma expresa conste la exclusión de la compra de pisos. Y esto lo firma el exsubsecretario Català.

43.000 euros a Nicaragua

El jefe de gabinete Xavier Llopis interviene a la hora de enviar un informe a la Fiscalía en el que supuestamente quedaba clara -para bien, claro- la actuación de la Conselleria. El dossier incluía información alterada. De los 1,8 millones de euros apenas 43.000 llegaron a su verdadero destino. No acepta el TSJ que estas cantidades se fueran a ir ampliando en los sucesivos ejercicios como proponían las defensas. «Las bases de la convocatoria permiten comprobar la imposibilidad».

Mucho se habló en las 30 sesiones del juicio si en la conselleria sabían cuando se presentó el proyecto que se iban a comprar inmuebles en Valencia para la supuesta oficina técnica. «No se puede deducir que esa fuera la intención». apunta el fallo. Ironiza incluso en este punto: «De su amplia exposición sobre la necesidad de atender a Nicaragua se nos hace muy difícil que lejos de atenderlas lo hiciera con sus propias necesidades». En cualquier caso, se dijera antes o después, «esto no resta trascendencia ni gravedad a los hechos».

¿Pisos aceptados?

De igual modo se debatió durante el juicio acerca de si los pisos fueron aceptados o no tras el requerimiento. Para el TSJ la cuestión resulta clara. Toma como ejemplo el primer proyecto. Si la compra de inmuebles y reforma supera los 500.000 euros y y sólo se le reclaman 185.000 euros, esto supone «implícitamente» su reconocimiento.

El aporte masivo de facturas para tratar de justificar los gastos en los dos proyectos subvencionados por la conselleria es «un intento desesperado por ocultar o mejor dicho por sustituir el importe de la adquisición y la reforma de inmuebles». La presentación de esas facturas viene a determinar «una radical alteración del proyecto» ya que entonces incorporan, por ejemplo, «paneles solares» que para nada tenían que ver con el fin de los proyectos. Aparte de otros conceptos cuanto menos insólitos.

La comisión técnica

Asunto aparte merece la comisión técnica de evaluación. Uno de los argumentos de las defensas lo invierte el TSJ y lo carga en su contra. Se alegó durante el juicio que el requisito de la experiencia previa era interpretable. La sentencia indica que el problema en este caso «fue un desmedido interés en aparentar que si se cumple». «Todo para subvencionar un negocio privado a un particular», concluye.

También rechazan que todo fuera una maniobra a sus espaldas. El letrado de Blasco aludió a su carácter para restar validez a las presiones. Precisamente por ese mismo «carácter», responde la sentencia, «y esa tendencia a involucrarse personalmente en todo» le debió hacer conocedor de este asunto.

Especialmente duro resulta el tribunal para justificar la elevada pena impuesta a Blasco. «Dispuso alegremente de los fondos destinados a fines solidarios para desviarlos a fines de índole privada». Considera que estos hechos pueden ejercer una labor disuasoria en la sociedad a la hora de colaborar con ONGs. Y, por último, el fallo sentencia que estos hechos «son un exponente más de la corrupción política, una de las peores lacras de nuestra sociedad que exige una respuesta severa».

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