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Una joven pasa ante la Diputación de Valencia. DAMIAN TORRES
Recurren las bases para ser interventor en la Diputación «al estar dada la adjudicación»

Recurren las bases para ser interventor en la Diputación «al estar dada la adjudicación»

El Colegio de Secretarios e Interventores considera que la corporación provincial «restringe» el acceso de otros aspirantes

F. RICOS

Domingo, 27 de mayo 2018, 23:53

valencia. El Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local con habilitación nacional (Cosital) ha recurrido las bases con las que la Diputación de Valencia ha abierto la convocatoria para contratar dos plazas de interventor y tesorero porque las considera «contrarias a derecho» y lo que es más grave, apunta a que «la adjudicación vendría dada a aquellos que ya desarrollan en la Diputación tales funciones».

Las dos plazas se han planteado como un concurso de méritos y esta semana pasada se abrió el plazo para la presentación de la candidaturas. La decisión de contratar las plazas de interventor y tesorero (al parecer optan un hombre para Intervención y una mujer para Tesorería) se aprobó hace unas semanas en una sesión plenaria, con los votos a favor de los diputados de izquierdas que forman el gobierno.

La entidad colegial, que preside Vanessa Felip, expone en su recurso de reposición que la corporación provincial «acuerda que sólo se tenga en cuenta la experiencia profesional» a la que le asigna la totalidad de la puntuación permitida legalmente en este apartado, 1,5 puntos, pero «con una peculiaridad restrictiva»: lo que cuenta es la experiencia en las Diputaciones.

Este hecho lo considera el citado Colegio que puede «vulnerar los principios constitucionales de acceso a la función pública en condiciones de igualdad con respeto a los principios de mérito y capacidad, y, en consecuencia, ser nulos de pleno derecho».

El Colegio de Secretarios indica en su recurso que las bases elaboradas por la Diputación limitan el acceso a las plazas a aspirantes plenamente capacitados «con un requisito de experiencia cuya finalidad no es otra que restringir el acceso a aquellos otros aspirantes que ostentan la condición de la habilitación nacional, y que nada distintivo aporta al puesto de trabajo».

En el recurso se expone que no se justifica ni motiva «las causas o peculiaridades del puesto que obligan a cubrirlo de forma exclusiva con alguien que previamente ya haya formado parte de la Diputación». Añade, además, que no existe causa objetiva que permita esa distinción «y ello constituye una limitación de acceso a este puesto» a los habilitados nacionales que no hayan desempeñado funciones en esa administración provincial.

«La conclusión no puede ser otra que la de que este requisito supone una exigencia arbitraria y artificial que nada tiene que ver con el puesto a cubrir, e instaura una suerte de puntuación que sin duda presupone una restricción a la libre concurrencia».

«La experiencia, tal y como está configurada, veta la posibilidad real de alcanzarlo al quedar 'reservado' (sic) a las únicas personas que han desempeñado ya funciones en la Diputación».

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