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CARLOS LÓPEZ
Viernes, 5 de agosto 2011, 11:38
La justicia sigue paso a paso resolviendo los recursos que pusieron los vecinos de Xàbia contra la Dirección General del Catastro, a cuenta del llamado «catastrazo» aprobado en 2005. En esta ocasión la Sala de lo Contencioso Administrativo anula la notificación del nuevo valor recogido en la ponencia.
Según dos sentencias a las que ha accedido esta redacción, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana recoge en detalle como deberían ser esas notificaciones anuladas.
Así, según el fallo, debería incluir «mención o expresión de la ponencia, o los módulos básicos de suelo y construcción, así como el valor en polígono, calle, tramo, zona o paraje, valor tipo de las construcciones y de las clases de cultivo, además de la identificación de los coeficientes correctores aplicados y la superficie del inmueble». Y añade, «los actos de notificación no dejan de ser una aplicación individualiza al inmueble urbano concreto de los valores catastrales contenidos en la ponencia».
No anula el valor
Por este motivo, «se viene apreciando que una motivación adecuada de cara al contribuyente pueda articular sus posibilidades de defensa, exige la comunicación al mismo de la correspondiente hoja de valoración por el técnico de la Administración».
De esta manera, como la comunicación a estos vecinos no se hizo de esa forma, el TSJ anula la notificación pero no se pronuncia en cuanto al valor catastral de la propiedad. De hecho, en una de esas dos sentencias, la Sala deniega la anulación del recibo del IBI, como sucedió con otro vecino de Xàbia, al no haber impugnado el denunciante la notificación y la liquidación al mismo tiempo.
La ponencia de 2005 sigue pendiente de resolución judicial y, mientras, el Consistorio cobra los impuestos en función de ella.
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