El Constitucional avala la custodia compartida en los divorcios de la Comunitat
El Alto Tribunal corrige por segunda vez al Gobierno de Zapatero, que recurrió la ley valenciana
HÉCTOR ESTEBAN
Martes, 29 de noviembre 2011, 08:27
El Tribunal Constitucional le enmendó ayer la plana al Gobierno de Zapatero, que recurrió la conocida como ley de custodia compartida que aprobó Les Corts Valencianes el pasado mes de abril con los votos de PP y Compromís. El Ejecutivo socialista actuó contra la norma al considerar que invadía un espacio que sólo corresponde a la legislación civil del Estado. El Constitucional señala que los perjuicio que la abogacía del Estado hizo constar en el recurso «no están debidamente concretados y mucho menos acreditada la gravedad del mismo».
Es la segunda vez que la conselleria de Gobernación de Serafín Castellano, que es la que gestiona el derecho foral valenciano que se recuperó en el nuevo Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, le gana el pulso al Gobierno central, que en su día ya recurrió la norma que establecía la separación de bienes como régimen en los nuevos matrimonios de la Comunitat Valenciana.
Ahora, con el levantamiento del recurso contra la ley valenciana de relaciones familiares de hijos e hijas que no conviven con sus progenitores, en los divorcios primará la custodia compartida. La nueva ley aprobada por el Parlamento regional establece que en el caso de que los padres no lleguen a un acuerdo será el juez el que por defecto establezca la custodia compartida en la relación de los progenitores y sus hijos.
Hasta la aprobación de la norma por parte de Les Corts, como ocurre en la mayoría de los territorios españoles, el juez otorgaba la custodia compartida en caso de conflicto de los progenitores a la madre por regla general. Ahora, con la norma vinculada al derecho foral valenciano, será compartida.
El recurso que presentó el Gobierno era por cuestión competencial, no de contenido de la norma. El Ejecutivo socialista entendió que la Generalitat no tiene potestad para legislar sobre una cuestión que es propia del Código Civil. El mismo dilema se creó con la ley de la separación de bienes, que terminó también a favor del Consell.
Desde el primer momento, tanto el Gobierno valenciano como Les Corts pidieron al Constitucional que se pronunciara para levantar la suspensión de la norma provocada por el recurso de Madrid. Ambas instituciones alegaron que no había ningún perjuicio irreparable, ya que el juez podía variar su decisión de haber aplicado el régimen de custodia compartida en el caso de que hubiera algún problema.
En el mismo domicilio
La ley valenciana regula la relación de los padres con los hijos e incluso de los abuelos, a los que tampoco se les puede privar de la opción de disfrutar de sus nietos. La norma incluso organiza el uso y disfrute de la vivienda familiar contemplando la posibilidad de que los que salgan del hogar sean los padres para que los hijos vivan siempre en el mismo domicilio.
El abogado del Estado estimó en su recurso que la norma valenciana podía llevar a una relación entre padres e hijos de difícil resolución. Algo que no considera el Constitucional, que expone que no se han aportado datos que permitan inferir que la aplicación de los preceptos impugnados vaya a producir, desde el punto de vista cautelar y sin entrar al fondo del asunto, perjuicios sobre los menores.
El Constitucional ha levantado la suspensión de la ley hasta que se pronuncie sobre el fondo de la norma, que como ley autonómica que es, goza de constitucionalidad.
La ley fue aprobada por Les Corts en la pasada primavera con los votos a favor de PP y Compromís. De hecho, la portavoz adjunta de la coalición, Mónica Oltra, fue una de las primeras en pronunciarse ayer tras conocer la decisión del Constitucional: «Estoy muy satisfecha. Es muy importante que esta ley comience ya a aplicarse. Será beneficiosa para los niños y niñas en el caso de ruptura o carencia de convivencia entre los padres». Es la segunda vez que el Constitucional corrige una decisión del Gobierno contra una norma del derecho foral valenciano. La ley de custodia compartida tenía que haber sido la tercer en pasar por Les Corts tras la separación de bienes y la de reparto de herencias.
Esta norma pretendía reajustar las legítimas con el objetivo de que los padres pudieran repartir de otra manera las herencias. Una norma que también perseguía preservar los negocios familiares. De momnetos está paralizada.
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