Confirman la condena a una empresa por publicidad engañosa
P. MORENO
Lunes, 2 de enero 2012, 01:08
Alrededor de medio centenar de familias de la playa de la Patacona, en Alboraya, recibirán una indemnización de la promotora que les vendió sus viviendas. La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación de las dos compalías afectadas, al ratificar que difundieron publicidad engañosa al vender pisos con vistas al mar cuando sabían que otra sociedad del mismo grupo iba a edificar en unos solares en primera línea de playa.
El fallo tiene fecha de 21 de diciembre y no es firme debido a que cabe un recurso de casación en el Tribunal Supremo. Eso sí, la Audiencia ha cargado las costas del proceso a las empresas, que presentaron un recurso contra un fallo anterior también en contra.
La indemnización que recibirán los vecinos será en proporción al daño producido por la pérdida de visión del mar desde sus viviendas. Así, se estima un porcentaje del precio de compraventa que va desde el 20% al 50%, según el contenido de la sentencia.
Los vecinos afectados han estado representados por los abogados Andrés Morey y Vicente Vidal, quienes estimaron en su día, cuando lograron una sentencia favorable en primera instancia que las indemnizaciones se situarían entre 17.300 y 93.150 euros. También hay un apartado que se refiere a vecinos que no recibirán ninguna compensación.
Los letrados aportaron publicidad donde se citaban las vistas al mar, así como la coincidencia de teléfonos y administradores entre las compañías que vendieron las viviendas a sus clientes y las que hicieron una promoción justo delante, al otro lado de la avenida Mare Nostrum, dedicada a hostelería y apartamentos con una altura de cornisa de 12 metros.
Esto último fue aprobado por el Ayuntamiento de Alboraya en 2002. Según explicó uno de los letrados, los residentes ya recibieron una primera compensación de 1,7 millones de euros, que ahora podría ampliarse a 2,8 millones de euros más.
Este litigio no es el único emprendido por los vecinos. A pesar de ganar en primera instancia, decidieron acudir al Tribunal Supremo para solicitar el derribo de las fincas situadas más próximas a la playa. Entre sus argumentos destaca la afección de la Ley de Costas de 1988, al entender que la parcelas donde se edificó no eran urbanizables ni se podía retrasar por lo tanto la línea marítimo-terrestre en esta parte de Alboraya. El recurso no fue admitido a trámite por un defecto de forma, por lo que los residentes se han propuesto seguir adelante.
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