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A. RALLO
Miércoles, 5 de diciembre 2012, 00:59
Los jueces de Primera Instancia de Valencia han decidido ampliar su acuerdo de anular de oficio las cláusulas abusivas por impago de hipotecas, que ayer adelantó LAS PROVINCIAS, a las deudas adquiridas por no poder hacer frente a las cuotas de préstamos personales, según un comunicado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV).
Los titulares aclaran que se procederá a la anulación «en cualquier momento del proceso» y siempre que concurran «suficientes elementos de juicio». La cláusula abusiva a la que hacen referencia es el interés de demora, el porcentaje de sanción que se aplica a las letras cuando se ha producido un impago. Los jueces establecieron actuar a partir de un 16%, cuatro veces más que el interés del dinero en la actualidad. Todo lo anterior sin perjuicio del derecho de las partes «a hacer valer sus pretensiones respecto a las mismas a través de las vías legales oportunas».
La intervención de oficio tiene numerosas resoluciones, tanto en las Audiencias Provinciales como en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esas resoluciones establecen la obligación de los jueces de actuar de oficio para declarar abusivas las cláusulas que castigan el impago de cuotas en los procedimientos relacionados con el consumo.
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia aclararon que la anulación de esta cláusula por ser abusiva no paraliza, por ejemplo en el caso de las ejecuciones hipotecarias, el proceso que, en su fase final, puede terminar en un desahucio. En todo caso, según las fuentes, supone un recálculo de la sanción que se tendría que abonar por los impagos.
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