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DANIEL VALERO
Viernes, 6 de septiembre 2013, 03:20
El último episodio sobre la polémica tasa de basuras de Paterna se ha saldado del lado del ayuntamiento de la localidad. El Tribunal de Cuentas ha archivado las diligencias preliminares iniciadas para investigar si el gobierno local había incurrido en dejación de funciones al no reclamar el impuesto del año 2006 y del primer semestre de 2007, justo antes de que el actual alcalde, Lorenzo Agustí, accediera al poder y eliminara la tasa. El tribunal entiende que el consistorio intentó cobrar la deuda, ya que ésta figura en la contabilidad de 2011 como pendiente de cobro.
La historia de este impuesto se remonta a la etapa de Agustí en la oposición. El entonces candidato a la alcaldía por el PP criticó duramente el impuesto y prometió que lo anularía. Al llegar al poder no sólo lo hizo, sino que trató además de probar ante la justicia su ilegalidad para no tener que ingresar las cantidades pendientes de cobro. Pero los tribunales le dieron la espalda y el importe de 2006 y 2007 debía ser cobrado a los vecinos. Ahora se investigaba si el consistorio estaba esperando a que prescribieran los pagos para no ingresarlos, pero finalmente el Tribunal de Cuentas no ha apreciado irregularidades.
El archivo de diligencias preliminares del tribunal, iniciado en mayo de 2013 tras un informe de fiscalización elaborado por la Sindicatura de Cuentas sobre el ejercicio 2011, también desmiente la presunta dejación de funciones municipal con otros impuestos, como cuotas de urbanización, IBI urbana e IVTM. Junto a la tasa de basuras ascienden a más de 1,7 millones sin cobrar.
Pagas extra
El organismo tampoco ha hallado irregularidades en la gestión municipal por la concesión del complementos de productividad -pagas extra- a determinados trabajadores contratados por el consistorio. «En los informes emitidos por los responsables de las distintas áreas queda acreditado que se había llevado a cabo la actividad extraordinaria encomendada», informa el tribunal en su auto para argumentar que los citados complementos eran pertinentes. «Tuvieron su sustento en los respectivos acuerdos de la Junta de Gobierno Local referidos a actividades extraordinarias», añaden en el texto.
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