El Consell opta por el ERE de extinción y descarta los despidos individuales
La próxima semana se publicitarán las condiciones para contratar a una firma que colabore con el Ejecutivo en la salida de la plantilla
J. C. FERRIOL
Jueves, 5 de diciembre 2013, 13:04
Habrá ERE de extinción sí o sí. Lo reiteró ayer el Consell, por activa y por pasiva. Se trata de la confirmación de un hecho que era conocido, porque ya había sido anunciado. De hecho, la próxima semana se publicitarán las condiciones para contratar a una firma asesora que se encargue de colaborar con la administración autonómica en la aplicación de ese ERE, con el que los más de 1.600 trabajadores de RTVV perderán de forma definitiva su vinculación con la empresa.
La confirmación del mecanismo por el que se producirá la salida de los trabajadores -el consejo liquidador debe comunicárselo al comité de empresa, aunque en la primera reunión entre ambos mantenida ayer no lo hizo- tiene su trascendencia porque durante la jornada de ayer se contempló la posibilidad de cambiarlo. Fuentes de RTVV consultadas por este diario admitieron que en algunos ámbitos se había llegado a estudiar la posibilidad de modificar este mecanismo -recogido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores- por una fórmula que pasaría por aprobar sucesivos despidos individuales improcedentes para todos los trabajadores de la empresa.
¿Qué habría supuesto esta alternativa? Como mínimo, un cambio importante en los plazos. Las fuentes consultadas en este diario, y con amplia experiencia en derecho laboral, señalaron que la principal ventaja de optar por los despidos individuales improcedentes sería la de los plazos, toda vez que esa fórmula es mucho más rápida -puede resolverse en cuestión de días- que un ERE de extinción. Tal y como ha avanzado este diario, este ERE requiere en primer lugar la comunicación de su apertura a los representantes de los trabajadores. Esa circunstancia marca la apertura de un mes de plazo para que ambas partes negocien la indemnización a los trabajadores -el Estatuto de los Trabajadores señala, para estos caso, los 20 días por año trabajado-. Tras la negociación se produce la presentación del acuerdo ante la autoridad laboral, o en su defecto, la propuesta de la empresa -que los sindicatos pueden llevar a los tribunales si no comparten-. Y todo ello después de que el Consell elija a la firma que le debe asesorar en todo el proceso. En otras palabras, un proceso que se puede prolongar por espacio de al menos dos meses.
La principal ventaja de esos despidos individuales habría sido el tiempo. Un factor que algunas fuentes consideran determinante, toda vez que interpretan que la beligerancia de los trabajadores se reduciría considerablemente una vez resuelta la salida de la empresa.
Sin embargo, el Consell insistió ayer en que no contempla esa posibilidad. No sólo porque esos despidos individuales obligarían al pago de una multa, sino -sobre todo- porque recurrir a ese procedimiento obligaría a pagar a cada uno de los empleados despedidos una indemnización de 45 días pro año trabajado (la máxima que recoge la ley). Aunque el Consell anunció inicialmente que esa sería su propuesta, posteriormente se rectificó y la intención es proponer 20 días por año. Desde el Consell se aseguró ayer que la administración autonómica no está en condiciones de atender una indemnización de 45 días por año. Y además, se recordó que la proposición de ley por la que se aprobó la liquidación de RTVV ya hacía referencia a que el mecanismo para despedir a los empleados sería el recogido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, el del ERE de extinción.
Las mismas fuentes remarcaron además que el ahorro en nóminas que generaría alcanzar ya un acuerdo sobre los despidos -el coste mensual de la plantilla se estima en unos seis millones de euros- no compensa el sobrecoste de abonar la indemnización de 45 días por año trabajado y no la de 20.
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