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Restringida la publicidad en las zonas monumentales de Valencia

Restringida la publicidad en las zonas monumentales de Valencia

El Ayuntamiento presenta la nueva normativa que regula los carteles en los edificios protegidos y suspende las licencias hasta su aprobación

Paco Moreno

Miércoles, 11 de junio 2014, 00:51

El Diario Oficial publicó ayer la aprobación provisional de la nueva normativa de publicidad para el centro histórico y los entornos monumentales. Esto supone, como confirmaron fuentes de la delegación de Urbanismo, la suspensión de licencias en todas aquellas zonas afectadas por un cambio sobre el planeamiento actual, lo que afecta de lleno a la mayor parte del distrito de Ciutat Vella.

El ayuntamiento tiene en distintas fases de tramitación planes de protección, como el recientemente presentado del entorno del viejo cauce. La normativa supone nuevas reglas de juego para cuidar los edificios y monumentos más preciados. La suspensión durará varios meses, debido a que ahora se inicia un periodo de 30 días para las alegaciones, que deben ser respondidas antes de llevar el documento al pleno.

Los requisitos aprobados por el consistorio llenarán un vacío legal que ahora se suple con las indicaciones de la Ley de Patrimonio Cultural. Afectará a los planes especiales con monumentos declarados Bien de Interés Cultural, así como conjuntos como los barrios de Campanar y Cabanyal, entre otros.

En síntesis, se trata de regular tanto los carteles corporativos en las azoteas y fachadas de los edificios, como los de la publicidad comercial. La normativa abunda en la prohibición de esta última, salvo la referida a servicios públicos de primera necesidad.

También se aclaran las circunstancias en que se puede colocar publicidad en las lonas de andamios que cubren las fachadas. En caso de que reproduzcan el diseño exterior del propio edificio, sí está autorizado colocar un anuncio, aunque con unas medidas limitadas.

Cualquier licencia de obras se regirá tras su aprobación definitiva por esta norma. Es más, el documento que saldrá a exposición al público habla de un «régimen más riguroso, con exigencia adicional de contar con el dictamen de la comisión de Patrimonio, para poner elementos de identidad corporativa en todos los edificios catalogados».

En estos casos, el criterio que prevalecerá será que «tenga garantizada la integración armónica en el edificio y en el conjunto urbano». La normativa afecta de lleno a los comerciantes del centro y otras zonas protegidas de la ciudad, que ahora podrán presentar alegaciones.

En el expediente aprobado por el consistorio aparecen decenas de fotografías que ilustran cada uno de los razonamientos de la norma que se aplicará.

Así, no se permitirá publicidad corporativa en las plantas superiores salvo que el edificio sea de uso exclusivo comercial. Los rótulos publicitarios en las terrazas de los edificios estarán prohibidos.

También se indica que los rótulos no se permiten en la planta primera y que «debería regularse la colocación de vinilos en las grandes superficies». En la planta baja, además, los luminosos que se sitúen fuera de los huecos son una «situación a evitar» cuando excedan la línea de la pared.

Otro caso es el referido a los letreros en bandera en las fachadas. Salvo en los edificios que se dediquen por entero a ese fin están prohibidos y son «una situación a evitar».

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