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Europa Press |
Viernes, 1 de febrero 2008, 16:01
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha acordado la suspensión cautelar de la sanción de 300.000 euros interpuesta por la Generalitat Valenciana a la entidad Acció Cultural del País Valencià (ACPV) por promover las emisiones de TV3 en la autonomía.
Según explicaron fuentes de ACPV en un comunicado, la entidad presentó el pasado 7 de enero ante la sala del contencioso administrativo del TSJCV una demanda contra la sanción de 300.000 euros y la orden de cierre de sus emisores que según argumentaron ha sido sancionada "ilegalmente" por parte del Gobierno valenciano.
En este escrito, la entidad solicitó, entre otras cosas y como medida cautelar que, hasta que el TSJCV resuelva definitivamente este trámite, se acordara la suspensión provisional tanto de la sanción económica como de la orden de cese de las emisiones.
Así, desde ACPV, indicaron que "pese a la oposición de los letrados de la Generalitat", el TSJCV "resuelve afirmativamente sobre la suspensión cautelar de la multa de 300.000 euros instada por ACPV, teniendo en cuenta que se trata de una Asociación Cultural sin ánimo de lucro.
Al respecto, señalaron que esta decisión "da la razón" a uno de los argumentos defendidos por ACPV desde el inicio del proceso, y demuestra "la desproporcionada y arbitraria actuación, contraria a la propia Constitución, de la Generalitat valenciana contra la entidad", porque "en lugar de ser tratada como una asociación cultural sin ánimo de lucro, se la sancionaba como si de una gran empresa de telecomunicaciones se tratara", afirmaron.
Asimismo, consideraron que a pesar que no se trata de una sentencia firme el TSJCV "refuerza la posición jurídica de la entidad en su denuncia pública sobre la agresión sin precedentes contra el movimiento cívico consolidado alrededor de ACPV y la lucha por la libertad de expresión y la pluralidad informativa" en la Comunitat.
Por otro lado, apuntaron que el TSJCV no acordó la suspensión cautelar del orden de cese de las emisiones de TV3 en la Comunitat, también demandado por ACPV. Al respecto, resaltaron que "estamos delante de un interlocutoria parcialmente positiva", ya que esta situación "implica que la Generalitat tiene vía libre por cerrar los repetidores, al menos hasta que haya sentencia".
Así, indicaron que por tomar esta decisión, el Tribunal "apela a un pronunciamiento anterior", puesto que esta solicitud ya se realizó al inicio del expediente administrativo cuando el servicio jurídico de ACPV solicitó su paralización el 3 de mayo de 2007, aunque "fue desestimada", recordaron.
Ante esta decisión, ACPV ha acordado provisionalmente la suspensión de la campaña de solidaridad dirigida al pago colectivo de la multa hasta que una sentencia en firme dictamino la suspensión definitiva o confirmo la multa .
En estos momentos, y con el objetivo de dar "plena transparencia" a la campaña, la entidad levantará acta notarial de las ayudas económicas recibidos hasta ahora y de los gastos generados por la campaña, a la espera de una decisión judicial definitiva.
En este sentido, aclararon que esta paralización provisional de la campaña no incluye la movilización ciudadana y política por la libertad de expresión y la pluralidad informativa en la Comunitat, la cual "continuará hasta que los valencianos y valencianas recuperen el derecho a ver, si lo desean, cualquier televisión, y sobre todo una televisión de calidad e íntegramente en su lengua".
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