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Cuatro años de prisión por golpear repetidamente en la cabeza a un anciano para robarle

El hombre causó a su víctima un traumatismo craneoencefálico «con hemorragia subaracnoiea», que requirió cirugía, tratamiento farmacológico y reposo durante 147 días

e.p.

Martes, 18 de noviembre 2014, 13:07

La sección segunda de la Audiencia provincial de Alicante ha ratificado la condena a cuatro años de prisión dictada por el juzgado de lo Penal número 2 de Alicante contra un hombre que atracó a un anciano en plena calle, le golpeó reiteradamente en la cabeza y le robó un bolso que llevaba.

El robo con violencia se produjo, según los hechos considerados probados, en noviembre de 2011 cuando el ahora condenado abordó al hombre, de 78 años, le robó la bandolera que llevaba y, una vez en el suelo, le "golpeó repetidamente en la cabeza".

A resultas de la agresión, la víctima sufrió un traumatismo craneoencefálico "con hemorragia subaracnoiea", que requirió cirugía, tratamiento farmacológico y reposo durante 147 días. El anciano, además, estuvo ingresado en un centro hospitalario durante ocho días y durante otros 70 impedido para sus ocupaciones habituales.

Por ello, el juzgado lo condenó a 3 años de prisión por un delito de robo con violencia, un año de prisión por un delito de lesiones, a una multa de 40 euros, a 4.400 euros de indemnización para la víctima y a 181 euros de indemnización por daños a la Dirección General de la Policía. El juzgado de lo Penal le aplicó la atenuante de drogadicción.

No obstante, el acusado presentó un recurso contra esa sentencia por "error en la apreciación de la prueba", al argumentar que "no fue plenamente identificado por los testigos, dada la lejanía desde la que avistaron" los hechos.

Frente a ello, señala la Audiencia que corresponde al juzgado de lo Penal "apreciar las pruebas practicadas" y decidir "dar más credibilidad a un testigo frente a otro". Así, recuerda que el juzgado estimó "la declaración de los agentes de Policía que detuvieron al acusado, que coincidieron en señalar que encontraron al acusado instantes después de ocurrir los hechos agazapado y registrando la bolsa sustraída a la víctima".

Por ello, afirma la sección segunda que cabe "concluir" que se llegó a una "conclusión condenatoria" sin que "se aprecie error o desviación ilógica" por lo que "existe prueba de cargo suficiente" y "del todo correcta la valoración de la prueba y correcta también la calificación de los hechos".

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