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BURGUERA
Martes, 2 de diciembre 2014, 01:10
El ministerio fiscal, mes y medio después de recibir un informe del Consell y una vez escuchado al asesor de José Císcar, considera que Rafael Piqueras, exjefe de escoltas del jpresidente de la Generalitat, pudo incurrir en un delito contra la integridad moral o, subsidiariamente, coacciones, en su modo de interrogar a Juan Botella, el colaborador del vicepresidente José Císcar. Por tal motivo, ha remitido el expediente al juzgado.
La Generalitat envió a la Fiscalía el interrogatorio al que fue sometido el jefe de prensa de Císcar por parte del, entonces, jefe de seguridad del presidente Alberto Fabra. El conseller de Gobernación, Luis Santamaría, informó el 16 de octubre de la decisión del Consell de dar cuenta a la justicia del expediente que se había elaborado «por si existe algún hecho constitutivo de delito» en aquella serie de «entrevistas» (así las calificó Santamaría) que buscaban averiguar quién es el 'topo del Palau', la persona que filtra información personal sensible sobre el presidente Fabra y su entorno profesional más cercano.
La Fiscalía debía dirimir si la sensación de sentirse «muy presionado», que en su momento confesó el asesor de Císcar, supuso la comisión de un delito por parte de Piqueras, quien, al parecer del ministerio fiscal, se pasó de frenada en su deseo de encontrar al 'topo'.
El policía autonómico apretó más de la cuenta, según se desprende de la decisión de la fiscalía. Esa sensación tuvo Botella, quien en aquel momento acudió a un notario para dar fe de lo que le había pasado. Aquella acta notarial aún está pendiente de verse, si bien la decisión del fiscal indica que en la declaración que le tomó al asesor de Císcar, el colaborador del vicepresidente se ratificó en los hechos que en su día describió (en el expediente abierto por la Conselleria de Gobernación) sobre el extraño suceso del que, presuntamente, fue víctima.
El fiscal ha remitido al juzgado la investigación abierta sobre el interrogatorio por un posible delito contra la integridad moral o subsidiariamente de coacciones, según fuentes del ministerio público. Fuentes vinculadas al procedimiento judicial explicaron que la comparecencia del colaborador de Císcar en dependencias de la fiscalía, también adelantada por este periódico, se desarrolló en un clima «cordial».
Nada que ver con lo ocurrido el día de autos, aquel 22 de julio, cuando Piqueras se hizo presentar ante Botella y le sometió al interrogatorio por el cual ahora tendrá que dar cuenta ante un juez instructor después de que el colaborador de Císcar ratificase ante el fiscal su versión de los hechos, recogida en su momento por Gobernación
El delito contra la integridad moral se recoge en tres artículos del Código Penal: 173, 174 y 175. Fuentes oficiales de la fiscalía, un organismo público, se niegan a concretar a cuál de ellos se refiere en su calificación de los hechos protagonizados por el policía y el trabajador de la Generalitat, también empleados públicos. En cualquier caso, son el 174 y el 175 los artículos que se aplican a actuaciones vinculadas a funcionarios públicos, como es el caso del suceso que implica a Piqueras y Botella. En el caso de que la fiscalía considere que se ha incurrido en un delito tipificado a través del 174, las penas oscilan entre uno y seis años de cárcel, mientras que el 175 prevé ingresos en prisión que van de seis meses a cuatro años.
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