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R. A.
Lunes, 2 de febrero 2015, 13:48
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha absuelto a la diputada autonómica del PP Elisa Díaz del delito de lesiones a una mujer británica con la que discutió tras una pelea de perros en una protectora de animales en la que colaboraran como voluntarias.
Según la sentencia hecha pública hoy por el alto tribunal valenciano, la querellante ha sido condenada como autora de una falta de lesiones por agredir a la diputada tras la discusión, a una multa de 800 euros y una indemnización de 150 euros.
Además, el TSJCV ha acordado remitir la causa a al juez decano de los Juzgados de Valencia para que investiguen si la querellante cometió delito de acusación falsa.
Según la sentencia, la diputada, hija del exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi, y la británica Jasmine Mary Lyons prestaban ayuda como voluntarias en un albergue de protección de animales situado en la localidad de San Bartolomé de Orihuela (Alicante).
El 14 de agosto de 2013, ambas coincidieron mientras paseaban a unos perros y se produjo una pelea entre el que llevaba la diputada y el de Lyons, que era de presa y se escapó atacando al que paseaba Díaz.
Como consecuencia del incidente, y ya sin los perros, ambas entablaron una discusión sobre el altercado, que según los hechos probados fue primero verbal y luego "fue en aumento derivando sin necesidad en una agresión" de Lyons a Díaz, quien había levantado la mano para "evitar la saliva" de la otra mujer.
"Sin que la hubiera tocado", la mujer británica "comenzó a golpear" a la diputada, explica la sentencia, que añade que "los golpes se produjeron de forma voluntaria y consciente, y sin forcejeo previo alguno".
Cuando llegaron otras personas al oír los gritos, Lyons "no dejó de repetir" que Díaz "había pegado a su hija menor, lo que en modo alguno se produjo, aunque más tarde "alteró su versión inicial para añadir" que la diputada le había pegado también a ella y que "le dolía mucho el oído", explica el fallo.
Posteriormente llamó a la Guardia Civil y les dijo que Díaz "le había pegado un bofetón", lo que la diputada negó y manifestó que la mujer le había agredido, y por la tarde acudió a urgencias, donde le diagnosticaron perforación del tímpano derecho.
Al día siguiente, Lyons interpuso denuncia por una falta de lesiones contra Díaz, en la que afirmaba que la había dejado sorda de un bofetón.
Al conocer la denuncia, la diputada denunció a su vez a la mujer por una falta de lesiones, ya que a consecuencia del golpe recibido sufrió una contusión en la región malar derecha con leve edema y lesión contusa en el hombro derecho, que tardó tres días en curar.
El TSJCV, que celebró juicio oral el pasado 20 de enero por estos hechos, considera probado que "no hubo agresión" de la diputada a la mujer británica, y por tanto es "inexistente" el delito de lesiones, ni tampoco se ha acreditado que esta sufriera sordera total del oído derecho.
Respecto a Lyons, la sentencia indica que existió "acción agresiva" mediante unos "manotazos" a la diputada y concurrió "dolo de causación lesiva", en tanto que actuó "con intención de conseguir el resultado", por lo que debe ser condenada como autora de un delito de faltas.
Además, el fallo accede a la petición de la diputada de que se deduzca testimonio por si la actuación procesal de Lyons puede constituir un delito de acusación falsa o simulación de delito, ya que en el propio juicio sostuvo que la agresión la había dejado sorda, cuando informes periciales y médicos especialistas lo negaron.
La sentencia, que se puede recurrir en casación ante el Supremo, también condena en costas a la mujer británica.
Por otro lado, el tribunal ha condenado a la querellante por agredir a la diputada a pagar una multa de 800 euros y a indemnizarla con 150 euros por una falta de lesiones. Además, ha remitido la causa a los juzgados de Valencia para que investiguen si ésta cometió delito de acusación falsa.
Durante el juicio, que tuvo lugar hace un par de semanas, Díaz mantuvo en todo momento que no tocó a la querellante y que solo le puso la mano delante de la boca para que no le escupiera, algo que también corroboró un testigo de los hechos. Fiscalía, quien pedía inicialmente cárcel para ella, retiró su acusación.
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