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EFE
Martes, 24 de marzo 2015, 11:57
El Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia ha acordado remitir al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) la querella presentada por EU contra el vicepresidente del Consell, José Císcar, y la portavoz, María José Català, por vulnerar su derecho a acceder a la información pública.
En una providencia hecha pública hoy por el portavoz de EU en Les Corts, Ignacio Blanco, durante el debate en pleno de la ley de Transparencia, el juzgado considera que existe una conducta de estas dos personas referida a la denegación de información y documentación, y cree que puede ser constitutiva de delito.
La querella de EU se dirigía contra los consellers José Císcar, María José Catalá, Isabel Bonig y Máximo Buch, y el exconseller y actual delegado del Gobierno Serafín Castellano "por impedir los derechos cívicos de los diputados de EU", al negarles documentación solicitada.
El juzgado considera que tanto Císcar como Català han venido denegando la información que se le solicitaba por algunos diputados, y al tratarse de aforados -ambos son parlamentarios- remite las diligencias a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV por considerar que es la competente para la instrucción y, en su caso, enjuiciamiento.
En concreto, el juzgado considera que los hechos podrían tener su encaje en el artículo 542 del Código Penal, que establece que incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a cuatro años la autoridad o funcionario que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de sus derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las leyes.
No obstante, señala que como se trata de un "tipo penal en blanco" hay que acudir a otras normas "para rellenar el tipo", como la ley sobre acceso a documentos de archivos de las Administraciones por parte de diputados o senadores, al Reglamento de Les Corts, e incluso a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional o Supremo.
Tras citar varias de las solicitudes de documentación denegadas tanto por Císcar, en su condición de vicepresidente y conseller de Agricultura, como por Català, como consellera de Educación, Cultura y Deporte, el juzgado indica que "cabría entender que existe una conducta de dos miembros del Consell referida a la denegación de información y documentación a determinados diputados".
Además, considera que esta actitud podría ser constitutiva del delito alegado, y recuerda que el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana establece que, en el caso de los diputados y miembros del Consell, corresponde decidir sobre su "inculpación, prisión, procesamiento, en su caso, y juicio al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana".
Por ello, el juzgado ha decidido remitir las actuaciones realizadas al TSJCV por estimar que dicha sala es la competente para la instrucción, y en su caso, enjuiciamiento de las presentes diligencias.
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