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Luis Candela
Miércoles, 15 de abril 2015, 01:31
La desobediencia le costó al chaval un guantazo de su padre, pero la severidad del progenitor no va a quedar impune. La Audiencia Provincial de Alicante ha ratificado la condena de tres meses de prisión a un hombre que el verano pasado abofeteó a su hijo de 13 años por llegar a su casa de Aspe pasada la medianoche pese a que lo tenía prohibido. Según recoge el fallo de segunda instancia, el condenado le propinó un golpe que dejó un moratón en la cara del adolescente e hizo que se desequilibrara y se raspara el codo contra la pared, lo que le produjo una erosión de un centímetro en la articulación, aunque no requirió de ningún tratamiento para curar la herida más allá de una asistencia facultativa.
Los hechos se remontan al 21 de junio de 2014, cuando el menor pidió dinero a su padre y a su abuelo para ir a cenar con sus amigos, tal y como ha quedado probado en la sentencia del Juzgado de lo Penal 8 de Alicante, que condena al hombre por un delito de maltrato familiar. Eso ocurría en torno a las nueve y las diez de la noche, por lo que los familiares pidieron al chaval que no llegase más allá de las 11 o las 12. La advertencia era habitual.
Según ha quedado probado, no era la primera vez que el joven volvía a casa pasada la una de la madrugada sin permiso, algo que esa noche se volvió a repetir. Cuando el menor apareció por casa a la una y media de la madrugada, el padre reaccionó de forma nerviosa y bajó corriendo las escaleras hasta el rellano, donde le propinó la bofetada a su hijo que le dejó un hematoma en la mejilla izquierda.
El muchacho se escapó poco después de la casa en la que convivía con su padre y abuelos paternos hasta la casa de su abuela materna, donde se refugió tras los violentos acontecimientos acaecidos esa noche. La mujer, que además ejerce su representación legal, renunció a la indemnización que le hubiese correspondido por la agresión física y las lesiones en cara y codo sufridas.
El progenitor recurrió la condena impuesta en la sentencia dictada por la juez titular del Pena 8 de la capital alicantina alegando que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia y por existir errores en la valoración de la prueba. Sin embargo, el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia entiende que se practicó en el juicio «prueba de evidente signo incriminatorio». El testimonio del menor varió en la vista oral con respecto a la denuncia levemente, pues solo difería en la intensidad de la agresión, de varias a una bofetada.
Uno o varios golpes
Con el paso del tiempo, el muchacho ha ido rebajando el grado de violencia de los golpes recibidos, que finalmente quedó en uno, pero que, a ojos del tribunal, responden a manifestaciones «exculpatorias, que vio en el episodio un ánimo de corregir y no de lesionar», como recoge el fallo judicial fechado el pasado 4 de febrero. Pese a ello, la declaración del muchacho «quedó corroborada no solo por el parte de lesiones», como indica el tribunal, «sino por las manifestaciones del propio acusado», quien reconoció haberse puesto nervioso y que gritó a su hijo, al que «llegó a amenazar», como se desprende del fallo facilitado ayer por fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Reprocha además el magistrado ponente de la sentencia al padre que «la agresión física cometida por el acusado no está justificada al amparo del artículos 20,7 del Código Penal», a la vez que recuerda de la idoneidad de la pena de impedimento de aproximación del menor impuesta. Según el penado, esta medida «resultaría perjudicial» para el chico, un extremo, sin embargo, con el que el tribunal no coincide, como ocurre con todos los argumentos del recurso, que la Audiencia provincial desestima.
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