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Los concejales de Los Verdes, Dolón y Hurtado. :: a. a.

El juicio por no convocar los plenos entre el 2003 y el 2007 empezará en junio

La denuncia de Los Verdes volverá a sentar en el banquillo de los acusados al exalcalde Hernández Mateo

Francisco Reyes Prieto

Miércoles, 29 de abril 2015, 02:08

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la representación legal de Pedro Hernández Mateo frente al auto de julio pasado dictado en Torrevieja, que a su vez desestimó otro recurso ante la apertura del procedimiento abreviado Número 13/13 y confirma dichas resoluciones, declarando las costas de oficio. Todo ello en relación con la denuncia presentada en el año 2006 por el grupo municipal de Los Verdes por la suspensión, según el portavoz de este grupo, José Manuel Dolón, de «al menos una docena de plenos ordinarios durante el mandato 2003-2007, sobre los que el ex alcalde alegó que no habían temas suficientes para convocar, mientras que nuestro grupo presentó diferentes mociones, fiscalizaciones y proposiciones».

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El portavoz de Los Verdes recordó que en su día la tramitación a su denuncia correspondió por reparto al juzgado de instrucción número 4 de Torrevieja «por prevaricación y conculcación de los derechos cívicos» y a resultas de esas diligencias se abrió juicio oral que no se llevó a cabo por los recursos presentados por la defensa de Hernández Mateo. Desestimados los recursos, ahora tres jueces de la Audiencia Provincial de Alicante son los que han coincidido en que debe celebrarse el citado juicio oral, aunque también han acordado en que no se juzgue al exalcalde por prevaricación pues se estima que no hubo interés.

José Manuel Dolón auguró ayer que el citado juicio se podría celebrar e junio o antes del próximo mes de agosto y para el mismo dijo que «he pedido que comparezcan más de una decena de testigos, aunque algunos que antes estaban en contra del PP ahora están a bien y ya veremos lo que responden». También recordó Dolón que de salir Hernández Mateo condenado «se consideraría reincidente con la pena que actualmente está pagando en prisión por el contrato del servicio de limpieza y recogida de basuras, y por tanto no tendría derecho a la reducción y tendría que pagar íntegramente los tres años de condena impuesta por los jueces».

También señaló que en este caso, tanto el Ministerio Fiscal como la Acusación Particular que mantienen los concejales del Grupo Municipal de Los Verdes interesaron la desestimación del recurso presentado por la defensa de Hernández Mateo. Los Verdes considera que los hechos tienen mucha mayor importancia de lo que aparentemente podría parecer, pues se trata de una limitación calculada de los derechos al ejercicio de la participación política de los representantes de los ciudadanos, contenido en el artículo 23 de la Constitución Española, limitando e impidiendo el libre ejercicio al control y a la fiscalización de las actuaciones del Alcalde y de su Equipo de Gobierno.

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