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Luis Candela
Martes, 22 de septiembre 2015, 02:15
Las escuchas del 'caso Brugal' son válidas, al menos en parte. Una de las grandes patas de las defensas en torno al macrocaso de corrupción política y empresarial nacida de las presuntas irregularidades de la adjudicación de las basuras de la Vega Baja podría tambalearse. La Audiencia Provincial de Alicante ha impuesto la primera condena a cuenta de una de las piezas separadas surgidas a raíz de los pinchazos telefónicos en 2007 al empresario Ángel Fenoll y su entorno. Se trata de la causa por la que se juzgó a una funcionaria de la Agencia Estatal Tributaria (AET), Angélica Ch.E., quien filtraba al industrial oriolano información de las investigaciones fiscales que existían contra él a través de un colaborador, Jorge S.S., tal y como expone el fallo.
fue el año en el que los investigadores se toparon con la revelación de secretos de Hacienda mientras investigaban al empresario Ángel Fenoll, uno de los presuntos cabecillas del 'caso Brugal'.
Nulidad
La defensa de la funcionaria de la Agencia Tributaria condenada impugnó las intervenciones telefónicas por haberse autorizado para otros delitos y por insuficiencia de los oficios de la causa general, alegaciones que la sala tumba en la sentencia que se hizo pública ayer.
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La Policía Nacional 'cazó' a Jorge S.S. ofreciéndose como asesor al investigado Rafael Gregory para entregar desde dentro de Hacienda datos sobre la investigación fiscal por un fraude al erario de Fenoll y sus empresas. Por ello, se ampliaron los pinchazos telefónicos.
Ambos han sido condenados a dos años de prisión por el delito de descubrimiento y revelación de secretos. Asimismo, la empleada de Hacienda queda inhabilitada de forma absoluta durante un período de seis años por la concurrencia de este delito, que los agentes del Grupo de Blanqueo de Capitales de Policía Nacional descubrieron mientras investigaban a la presunta red corrupta que beneficiaba a empresarios como Fenoll y Enrique Ortiz.
Supuestamente, ganaban jugosas adjudicaciones de ayuntamientos como los de Alicante, Orihuela o Calpe y también de la Diputación Provincial, a cambio de mordidas. De hecho, el que fuera presidente de la institución provincial, Jose Joaquín Ripoll, fue arrestado en julio de 2010 en el marco de la operación policial. Así, en una de las charlas telefónicas entre uno de los presuntos colaboradores de Fenoll, Rafael Gregory, con Jorge S.S., quien se ofrecía como asesor, los investigadores se toparon con las filtraciones de la Agencia Tributaria.
El juicio tuvo lugar el pasado 8 de junio en la Sección Décima de la Audiencia. Nada más comenzar, la defensa de Angélica Ch.E. negó en todo momento haber abusado de su puesto para entregar información a Jorge S.S., quien pasó la patata caliente al tribunal. Sin embargo, los magistrados relegaron la decisión sobre la validez o nulidad de las escuchas para pronunciarse por sentencia.
«No advierte la Sala ninguno de los defectos que se denuncian como acreedores de la declaración de nulidad que se postula», recoge la sentencia que firma el presidente del tribunal, Javier Martínez Marfil. Según sostenía el letrado de la funcionaria de Hacienda, los pinchazos fueron solicitados para otra investigación distinta a la enjuiciada y que los delitos sobre los que se indagaba no revestían gravedad.
No obstante, alegaba también el abogado de forma genérica una «insuficiencia de los oficios policiales de la causa original, así como una insuficiencia de los autos y sus prórrogas», pero sin concretar cuáles. El tribunal tumba cada uno de los razonamientos expuestos, con especial mención al último, el que podría afectar al grueso de investigación policial, pero sobre el que la sala pasa de puntillas.
«La impugnación de las escuchas traídas de otro procedimiento matriz, sin indicación concreta de los puntos de impugnación», indican los magistrados en el fallo, «no pueden ser atendidas como elemento del vulneración del derecho».
Por tanto, la Sala llega al convencimiento de que tanto Angélica como Jorge se compincharon para extraer los datos que Fenoll requería sobre el fisco. Una investigación que a la postre concluiría en una condena de 4,6 millones de multa para el empresario oriolano y 35 años y medio de prisión por fraude a Hacienda. La funcionaria obró para obtener información sobre la que «no estaba autorizada» a consultar, y menos aún a revelar, desde su puesto en Discrepancia de Renta de la Delegación de Alicante.
La empleada pública comunicó al asesor información relacionada con «ingresos a efectos de la declaración de IRPF», participación en mercantiles y operaciones del industrial oriolano y su mujer, si bien no burló para ello medidas de seguridad de la AET ni tampoco se ha podido probar que desvelase datos de una inspección fiscal.
De las intervenciones telefónicas se desprenden otras tantas diligencias por las que se investiga, por ejemplo, la expansión urbanística de la ciudad de Alicante durante la época de Alcaldía del PP, con Luis Díaz Alperi como primer edil y su sucesora, Sonia Castedo, como regidora de Urbanismo. Ambos se encuentran imputados. Tanto ellos como otros investigados han puesto en duda la legalidad de los 'pinchazos'. Este primer fallo judicial no atiende a sus reiterados intentos de impugnación.
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