Luis Candela
Martes, 27 de octubre 2015, 02:04
Al jurado le llamó la atención la falta de signos de defensa de la víctima, la exedil de Lorca, Alicia Zambrana. Por ello, determinó el pasado viernes que su verdugo, Khuram Riaz, es culpable de un delito de asesinato, ya que atacó a la mujer cuando se encontraba «de espaldas o desatenta». Ahora, el magistrado presidente que dirigió el juicio formado por un tribunal popular durante toda la semana pasada en la Audiencia Provincial de Alicante le impone a este ciudadano paquistaní de 30 años una pena de 16 años y medio por el crimen, así como una multa de 160 euros por una falta de hurto y una indemnización global a favor de los tres hijos de la víctima de 300.000 euros.
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Los hechos se remontan a la noche del 13 al 14 de febrero del año pasado en el domicilio de El Campello en el que residía la antigua regidora socialista. Allí se estableció junto a una de sus hermanas tras la ruptura de un matrimonio que duró 36 años. Entre las doce y media de la noche y las seis de la mañana, el reo asestó un único golpe de gran violencia a Alicia. Fruto del impacto, la mujer «sufrió un importante traumatismo craneofacial» que dio lugar a «lesiones hemorrágicas intracraneales» que, a la postre, le «causaron la muerte», según determina la sentencia.
Tras el veredicto de los miembros del jurado, el Ministerio Público solicitó 17 años y medio de prisión, al considerar que el acusado cometió también un delito de hurto, mientras que la acusación particular, ejercida por dos hijos, elevó su petición a 18 años de cárcel, y la defensa reclamó que se le impusiese una condena de 15 años privado de libertad.
El ponente del fallo, Julio José Úbeda, justifica su decisión de no imponerle la pena más baja solicitada al no considerarla «adecuada», pues Riaz «actúa contra una persona que le ha acogido en su casa, en su intimidad». Añade el magistrado que, tras el golpe, «su única voluntad es huir dejando a la víctima agonizante».
El jurado popular, después de cuatro días de vista oral, consideró probado que el ataque resultó «repentino e imprevisto», por lo que Zambrana careció de opción para «prepararse contra él y reaccionar en consecuencia», como señala el fallo como probado.
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El convencimiento alcanzado por los miembros del tribunal se basó en las declaraciones de los investigadores y de los forenses. Los primeros explicaron que cuando llegaron al apartamento del número 3 de la calle Jacinto Benavente no advirtieron signos de que allí se hubiese desarrollado una pelea o lucha. En cambio, el condenado declaró lo contrario. Incluso, Khuram Riaz reveló que tuvo que hacer frente a un ataque de su víctima, quien se puso «nerviosa» y le amenazó con un cuchillo.
Sin embargo, los agentes de la Guardia Civil se encontraron con un domicilio completamente ordenado y signos de que Alicia pudo ser golpeada mientras se encontraba tumbada en el sofá del salón. Llegaron a señalar los agentes que la víctima pudiera hallarse dormida. Los forenses se manifestaron en términos similares. Los responsables de la autopsia del cadáver indicaron que «lo lógico» era que la mujer reaccionase a la agresión. Pero no lo hizo, al menos no quedó constancia de ello.
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Asimismo, el tipo de relación que llevaban víctima y asesino, sin conocimiento de la familia o el entorno y sin «convivencia demostrable más allá a los días previos al hecho», llevó al jurado a no aplicar la agravante de parentesco. Pese a ello, el asunto se instruyó por un juzgado de violencia sobre la mujer de Alicante.
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