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J. BATISTA
Martes, 8 de diciembre 2015, 00:52
Los colegios católicos de la Comunitat ya han empezado a solicitar al personal de nueva incorporación un certificado negativo de antecedentes penales, una cautela derivada de la actual Ley de Protección Jurídica del Menor que entró en vigor el pasado agosto y que busca evitar la presencia de personas condenadas por delitos sexuales en áreas de trabajo que impliquen contacto con menores de edad.
Desde Escuelas Católicas de la Comunitat explicaron que la iniciativa se adopta «por prevención» y para «hacer las cosas bien». Por ahora se pide el documento a profesores contratados este curso, monitores de comedor o extraescolares y catequistas. En 2013 la patronal nacional ya solicitó al gobierno la adopción de esta medida para garantizar la protección de los niños en cualquier ámbito, incluido el escolar.
La cautela también se extiende al resto de la plantilla con relaciones laborales en vigor (tanto públicas como privadas), aunque habrá que ver cómo se articula el mecanismo en las instrucciones que debe desarrollar Educación. Una posibilidad es que la administración pueda comprobarlo de oficio.
De momento desde el departamento no se ha trasladado ninguna información a los centros, según confirmaron los directores e inspectores consultados, si bien se espera que sea inminente teniendo en cuenta su trabajo con el alumnado y que el pasado mes ya se dio a las comunidades indicaciones sobre la aplicación de la ley en la Conferencia General de Educación.
La norma dice que «será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones y actividades que impliquen contacto habitual con menores no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad sexual», lo que incluye situaciones de agresión, abuso, acoso, exhibicionismo, provocación sexual, prostitución, explotación, corrupción de menores y trata de seres humanos. «A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del registro central de delincuentes sexuales», añade.
Sin embargo esta herramienta todavía no está en funcionamiento. Fuentes del ministerio dijeron que se prevé activarla a principios de año, y mientras tanto, las instrucciones remitidas a las autonomías establecen un periodo transitorio en el cual se podrá cumplir el requisito a través del certificado de antecedentes penales, el documento oficial que expide el Ministerio de Justicia donde constan aquellas condenas firmes que hayan recaído sobre el interesado, excluyendo las faltas.
La exigencia no está exenta de polémica. Desde la otra patronal concertada, Feceval, se refirieron a la dificultad de conjugar el derecho a la intimidad de las personas con el citado certificado, que puede incluir delitos que escapen del ámbito estricto de la norma (el sexual), por lo que se mantienen a la espera de lo que diga la conselleria. Desde Escuelas Católicas matizaron que lo que están pidiendo es un certificado de antecedentes negativo, lo que permite confirmar la inexistencia de condenas de tipo sexual.
En otras comunidades autónomas la citada exigencia por parte de la administración ha generado polémica en este mismo sentido, y desde la Federación de Enseñanza de CC. OO. se va a recurrir al Defensor del Pueblo con el objetivo de que el proceso se paralice a la espera de que empiece a funcionar el registro de delincuentes sexuales.
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