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EFE.
Sábado, 9 de enero 2016, 00:32
El Tribunal Constitucional ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat contra un artículo de la Ley de Protección de la Maternidad, que consideraba al hijo no nacido como miembro de la familia a efectos de escolarización, por no vulnerar la legislación estatal. En su sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Constitucional entiende que la aplicación de la regla autonómica cuestionada «no supone» dicha vulneración.
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