Borrar
Urgente El Euromillones del martes deja un nuevo millonario en una comarca donde nació uno de los pintores más famosos de la historia
Un agente observa parte del material incautado en la operación desarrollada principalmente en la Marina Alta. :: g.c.
Obligan a readmitir a un trabajador tras acusarle de robar 2,5 toneladas de cobre

Obligan a readmitir a un trabajador tras acusarle de robar 2,5 toneladas de cobre

Una juez decreta improcedente el despido del operario de una empresa auxiliar de telefonía exculpado de integrar una red para la sustracción de cableado

LUIS CANDELA

Domingo, 10 de abril 2016, 01:04

Un juzgado de Alicante ha ordenado readmitir a un trabajador de una empresa auxiliar de telefonía, después de que fuese acusado del supuesto robo de cerca de dos toneladas y media de cableado, extremo que no ha quedado acreditado, como recoge la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El despido fulminante de este operario no es único, pues se encontraba entre la veintena de acusados de formar parte de un entramado integrado por empleados de dos firmas, Teleco y Telefónica, a las que habrían sustraído 16 toneladas de cobre en total.

La Guardia Civil llegó a detener a once de ellos y a imputar a otros cinco, pero el instructor del caso dio carpetazo al asunto a finales del año pasado por no quedar acreditado que los investigados se dedicasen a estos menesteres como actividad delictiva. El supuesto robo masivo llevó a la empresa auxiliar a despedir al empleado, al que atribuía la comisión de una falta muy grave por un presunto botín de 4.137 euros.

Después del varapalo judicial por la vía penal, comienzan a llegar los fallos a favor de los trabajadores imputados por la 'Operación Siglo XXI' por la vía de lo Social, como ocurre en este caso, que ha defendido la letrada Pilar Albandea Gómez. La juez del Juzgado de lo Social 3 de Alicante estima la demanda del empleado y determina en su resolución que el despido resultó «improcedente» y obliga a la mercantil a devolver su puesto al empleado abonándole los salarios desde el cese o a indemnizarle con casi 23.800 euros.

La juzgadora se basa en dos aspectos clave, como son la «falta de identificación de hechos concretos y fechas» en la carta del despido y en la «falta de identificación de materiales vendidos, procedencia y origen de los mismos». La mercantil Teleco justificó su decisión en el juicio amparándose en las diligencias instruidas en el Juzgado de Instrucción 1 de Dénia (que luego las archivó) por el presunto robo del cable y en el supuesto reconocimiento de los hechos por parte del denunciante en sede policial. Sobre este último extremo, la juez señala que «no se desprende de ninguna de las pruebas practicadas». Además, sostenía la empresa que entonces ya existían directrices para deshacerse del cableado sobrante en contenedores habilitados para ello. Llegados a este punto, la juez recuerda en la resolución la declaración de uno de los testigos que aseguró que fue «a partir de enero de 2015» cuando se instalaron dichos contenedores en las dependencias de la firma.

En esas mismas fechas es cuando la sociedad «se dirige a sus colaboradores» para avisar de que se perseguirá la venta del material, justo después de la advertencia hecha por Telefónica, como recoge la sentencia.

La operación policial se remonta a finales del año 2014, cuando los agentes detectaron en una chatarrería de Benissa abundantes ventas de cable de telefonía, realizadas con asiduidad, por lo que procedieron a la intervención cautelar de 200 kilos de material. Los investigadores continuaron indagando, hasta que averiguaron que el cobre procedía de los depósitos de una empresa, por lo que lanzaron un operativo para apresar a los sospechosos en marzo del año pasado.

Sin embargo, el juez instructor del asunto determinó en septiembre de 2015 que «no se ha acreditado en modo alguno que la totalidad del cable vendido fuese propiedad de Telefónica o de los propios titulares de las instalaciones que se sustituían». Además, proseguía el juez asegurando que «todo hace indicar» que lo que ocurría en realidad era que se trataba de «una práctica de recogida del excedente y su traslado por los operarios a desguaces era habitual, conocida y consentida por la empresa». No se explica de otro modo que acudiesen a las chatarrerías uniformados con la vestimenta de la empresa.

Sobre esta falta de un reglamento también se pronuncia la juez sustituta de lo Social 3 de la capital alicantina, pues apunta que «no constando acreditada la existencia de protocolo para la retirada de cables de desecho» o «sobrantes» en el año 2014, «no aprecio en el presente supuesto una conducta grave».

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

lasprovincias Obligan a readmitir a un trabajador tras acusarle de robar 2,5 toneladas de cobre