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Jueves, 9 de junio 2016, 16:57
La Audiencia de Alicante ha confirmado el archivo de una denuncia contra el concejal de Urbanismo de Alicante, Miguel Ángel Pavón (Guanyar Alacant), por delitos de prevaricación y falsedad documental en relación a la imposición de sanciones por la instalación de veladores en la plaza de San Cristóbal de la ciudad.
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Según han informado hoy fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la denuncia también iba dirigida contra el jefe de servicio de la misma Concejalía, Carlos Membrilla.
El juzgado de Instrucción 6 de Alicante ya acordó el sobreseimiento de la causa en dos ocasiones con anterioridad, en enero y marzo de este año, al entender que los hechos no eran constitutivos de delito, al tiempo que denegó la solicitud de los denunciantes de paralizar cautelarmente las multas impuestas.
La sección segunda de la Audiencia de esta provincia ha ratificado ahora esa decisión al entender que la vía penal no es la "adecuada para impugnar resoluciones administrativas que no se entienden ajustadas a la legalidad".
Sólo cabe, según el tribunal, acudir a este procedimiento cuando esas decisiones sean "ilegalidades flagrantes y clamorosas", pues el derecho penal únicamente sanciona "aquellas conductas que suponen un ataque grave al ordenamiento jurídico".
El juzgado instructor archivó las diligencias a partir de este mismo criterio en enero de 2016, e hizo lo propio en marzo de este mismo año después de que los denunciantes añadieran a su denuncia un delito de falsedad documental.
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Los afectados sostenían que el concejal y su jefe de servicio se reunieron con ellos en noviembre del año anterior y les pidieron que retiraran la denuncia a cambio de revocar la sanción que se les había impuesto.
El magistrado entendió que los hechos no revestían trascendencia penal e invitó a los denunciantes a recurrir la sanción en vía administrativa si efectivamente la notificación del decreto que la amparaba se había realizado en un lugar distinto al domicilio designados por ello.
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Sin embargo, sostener que ese posible defecto "es constitutivo de delito de falsedad pugna con toda lógica jurídica", argumentó el juez en su auto, que ha sido facilitado hoy por el TSJCV.
La Audiencia ha refrendado esta tesis en otro auto fechado el pasado 6 de mayo en el que sostiene que no basta "una mera ilegalidad" para acusar por prevaricación, pues esa resolución administrativa puede haber incurrido en un "error de interpretación" no susceptible de ser llevado a la vía penal.
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