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Entra en vigor la ordenanza que regula la circulación de patinetes eléctricos en Alicante

El edicto ha sido publicado en el BOP y obliga a los usuarios a utilizar casco, prohíbe circular por las aceras y superar los 25 km/h

europa press - LPA

ALICANTE

Miércoles, 5 de agosto 2020, 11:02

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La Concejalía de Movilidad del Ayuntamiento de Alicante ha recordado que este miércoles entra en vigor la nueva ordenanza municipal que regula los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), toda vez que el edicto ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

La nueva norma regula por vez primera la circulación de los patinetes eléctricos, y conlleva que los usuarios deben llevar casco de forma obligatoria, no pueden circular por las aceras y deben hacerlo a una velocidad máxima de 25 km/h por las calles de un carril y un sentido, las zona 30, ciclocalles, carriles bici, pistas bici y sendas ciclables, ha enfatizado el consistorio en un comunicado.

Para este mes de agosto y el próximo septiembre se ha establecido una moratoria para aplicar sanciones por los incumplimientos de la normativa municipal. La Policía Local realizará una campaña informativa y parará a todos los usuarios para informarles de la puesta en marcha de obligado cumplimiento de las nuevas normas estipuladas en la circulación de los patinetes eléctricos en la ciudad.

El edil de Movilidad, José Ramón González, se ha mostrado "muy satisfecho" con la entrada en vigor porque, a su modo de ver, es "necesaria y la demandaban todos los ciudadanos". "Con ella logramos regular la circulación de los patinetes eléctricos de forma segura y limitando su velocidad", ha dicho.

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Así, entre las novedades que establece esta ordenanza se estipula la obligación para circular con los patinetes de portar timbre, luces delanteras y traseras, elementos reflectantes debidamente homologados, y el seguro de responsabilidad civil es recomendable, y solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín los vehículos de movilidad personal si están dotados de sistema de autoequilibrado.

MULTAS

En cuanto a las sanciones, se dividen en infracciones de carácter leves, con multas de hasta 100 euros; graves, que podrán sancionarse con multas de 101 a 200 euros, y las muy graves con multas de 201 a 500 euros.

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La nueva norma divide los vehículos en dos tipos, en función de sus características técnicas, en primer lugar los de Tipo A, que son vehículos autoequilibrados, mono-ciclos, plataforma, y patinetes eléctricos ligeros, de menor tamaño, y están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza, y disponen de sistema de frenado.

Asimismo los de Tipo B son vehículos autoequilibrados y patinetes eléctricos de mayor tamaño. Están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza, y también dispondrán de sistema de frenado.

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