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Las mascletás volverán a lanzarse desde la Plaza de los Luceros. EFE/MORELL

Un juez deniega las medidas cautelarísimas que pedían la suspensión de las mascletàs de Fogueres en Luceros

El juez entiende que no concurren los requisitos de especial urgencia

E. P.

ALICANTE

Jueves, 9 de junio 2022, 15:24

El juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Alicante ha denegado las medidas cautelarísimas solicitadas por una asociación para suspender el disparo de las mascletàs de las fiestas de Hogueras en la Plaza de los Luceros de la ciudad.

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Sin entrar en el fondo del asunto, el juez entiende que no concurren los requisitos de especial urgencia exigidos para la adopción de medidas cautelarísimas y acuerda reconducir el procedimiento a cautelares, lo que permite recabar las alegaciones de la parte demandada, en este caso el Ayuntamiento, explica el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

El auto da así un plazo de 10 días al consistorio alicantino a fin de que presente sus alegaciones. Una vez recibidas éstas, el juez dictará una nueva resolución.

En el auto, distribuido por el alto tribunal valenciano, el juez argumenta que, aunque el disparo pirotécnico tendrá lugar entre los días 18 a 24 de junio de 2022, la solicitud de medida cautelar "urgente" no se pide hasta el 6 de junio, esto es "18 días después del dictado de la resolución administrativa" por parte del Ayuntamiento.

Añade que, en consecuencia, resulta atribuible al propio proceder de la parte actora la "generación" de la urgencia, por lo que no es de apreciar la misma como "elemento objetivo concurrente", sino "creado" por la propia parte, puesto que, en el momento de la resolución administrativa "todavía faltaba un mes para que se hiciese efectiva la actuación a la que la recurrente atribuye eventuales efectos dañosos".

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