TA/R. D.
Torrevieja
Lunes, 29 de abril 2024, 12:14
La Fundación Española de Abogados Cristianos ha explicado este lunes que el pasado jueves se confundió de procedimiento y dio por reabiertas unas diligencias en relación con un desfile de menores en el Carnaval de Torrevieja cuando, en realidad, la causa a la que hacía referencia en el auto difundido obedecía a un robo en la capilla de un hospital en el que están personados.
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Se trata de dos casos que corresponden, además, a juzgados distintos. El comunicado de la entidad llega después de que este mismo lunes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) haya desmentido la reapertura de diligencias por parte del Juzgado de Instrucción número 2 de Torrevieja en relación a los disfraces infantiles en el carnaval de la localidad alicantina.
El alto tribunal valenciano ha afirmado en un comunicado que este juzgado, el 2, «no tiene actualmente ninguna causa relativa a esos hechos ni ha citado por tanto a denunciantes, investigados ni a testigos a declarar». Fuentes del TSJCV han confirmado a Europa Press que dicho auto corresponde a un delito de robo con fuerza, que «no tiene ninguna relación» con el carnaval de Torrevieja.
El Tribunal Superior de Justicia ha señalado que la denuncia de Abogados Cristianos sobre ese desfile recayó en el Juzgado de Instrucción número 1, cuyo titular decretó el archivo de las diligencias en un auto fechado el pasado 1 de marzo, al entender que no había quedado debidamente justificada la perpetración de los delitos denunciados.
En este sentido, el TSJCV ha recalcado que «cualquier decisión que esté relacionada con los mismos hechos denunciados, como una hipotética reapertura de la causa, solo puede ser adoptada por el Juzgado de Instrucción 1 de Torrevieja, como órgano judicial con competencia sobre el asunto» o bien por la Audiencia Provincial.
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Desde la Fundación Española de Abogados Cristianos se envió el jueves un comunicado donde se informaba a los medios de que la justicia había reabierto «el caso por las niñas vestidas en ropa interior en un desfile del Carnaval de Torrevieja» y adjuntaba un auto. Su presidenta, Polonia Castellanos, recalcaba entonces que «se trata de proteger la inocencia de los niños y evitar que se les hipersexualice». También insistía en que «ante todo está el interés superior del menor y no podemos consentir que estos actos, respaldados además con dinero público, queden impunes».
Este lunes ha señalado que se trató «de un error por la confusión entre dos procedimientos abiertos en la misma localidad» y el auto judicial difundido «no es relativo al carnaval, sino a una denuncia interpuesta el año pasado por la profanación de la capilla» de un hospital de Torrevieja, en el que las personas citadas a declarar a finales de mayo son «los denunciantes, investigados y testigos de este ataque».
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En lo relativo al desfile de carnaval, desde la Fundación Española de Abogados Cristianos señalan que recurrieron el archivo a la Audiencia Provincial y están pendientes de su pronunciamiento. La entidad expresa sus «más sinceras disculpas» por el «error» y apunta que «uno de los valores fundamentales» de la organización «es el compromiso con la verdad, comunicando nuestras acciones desde la máxima transparencia».
La denuncia interpuesta por Abogados Cristianos tiene que ver con un desfile de menores de una comparsa del carnaval de Torrevieja durante el pasado 5 de febrero. Fue entonces cuando esta asociación expresó su malestar por la lencería «erótica» que exhibían varios menores que desfilaban. La querella puso en el punto de mira a la edil de Fiestas, Rosario Martínez; al presidente de la Asociación Cultural Carnaval de Torrevieja, Francisco Pizana, y al secretario, Armando Bueno; y a las responsables de la comparsa 'Osadía'.
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A finales de febrero el Juzgado de Instrucción número 1, que se encargaba del caso, abrió diligencias para «averiguar la identidad y circunstancias de las personas responsables y la realidad de los hechos sucedidos, por si fueran constitutivos de delitos», según figura en ese primer auto. Sin embargo, pocos días después, a principios de marzo, su titular procedió al archivo al apreciar que no se daban los «elementos para penalizar la comisión del delito denunciado».
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