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Celia Martínez
Sagunto
Martes, 10 de octubre 2023, 15:22
El Ayuntamiento de Sagunto ha aprobado una moción en defensa del Malecón, un enclave emblemático, mediante una votación mayoritaria en su último pleno este mes de octubre. La propuesta, presentada por la plataforma Malecón Público y Verde, ha recibido un respaldo significativo con los votos favorables de los partidos PSOE, IP, Compromís y EU-UP, mientras que el PP y Vox se han abstenido en la votación.
La resolución tiene como objetivo principal mantener el Malecón en su actual condición de suelo no urbanizable, en línea con lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1992. Además, el Ayuntamiento ha acordado ratificar la presentación de un recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, fechada en febrero de 2023, que excluía el Malecón de la Zona Marítimo-Terrestre.
La alcaldía también emprenderá acciones para iniciar el proceso de caducidad de la concesión otorgada en 1902 debido a incumplimientos desde 1987. Paralelamente, se solicitará una reunión con el Ministerio mencionado «para solucionar, con arreglo a la Ley de Costas y la Constitución Española, el interés general y el sentido común el conflicto actual», según se destaca en la resolución.
Como parte de esta decisión, el pleno ha anunciado la creación de una Comisión Informativa Especial encargada de abordar todos los asuntos relacionados con el Malecón. Esta comisión brindará la oportunidad de expresar sus opiniones a las asociaciones que defienden un Malecón Público y Verde.
La moción subraya que el conflicto legal en torno a estos terrenos tiene sus raíces en una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia emitida en diciembre de 2010. Esta sentencia declaró la propiedad privada de los terrenos en base a una concesión previa a la Ley de Costas de 1988. La moción argumenta que esta Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Costas establece que los terrenos mantendrán su situación jurídica otorgada por el título concesional. En este caso, la Real Orden de 1902 autorizó a la Compañía Minera de Sierra Menera a construir un embarcadero para la carga de minerales procedentes de sus minas de Ojos Negros y Setiles, de acuerdo con los artículos 44 y 45 de la Ley de Puertos de 1880.
La resolución considera que este conflicto ejemplifica lo que la Ley de Costas pretende corregir, es decir, la privación injustificada del disfrute de ciertas zonas de la ribera del mar por parte de la comunidad.
Por otra parte, en el este pleno también se aprobaron modificaciones de las ordenanzas urbanas. Respecto al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), se ha modificado el artículo 3 de la ordenanza, sobre el tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana, que pasará el general del 0,41 al 0,43%; y el incrementado, del 0,53 al 0,55%. Según los estudios económicos que forman parte del expediente, se estima que estos incrementos tendrán un impacto positivo de 787.765 euros de aumento en la recaudación.
También se ha modificado lo que indica la ordenanza sobre el recargo a los inmuebles desocupados de forma permanente, y con el cambio se ha adaptado a lo establecido en la nueva ley de vivienda. Por lo cual, se reducirá de 10 a 4 la cantidad de viviendas para ser considerado un gran tenedor, y además se establecerá un recargo del 50% sobre la cuota líquida para los inmuebles de uso residencial que estén desocupadas permanentemente (de manera injustificada más de dos años y que sean propiedad de un gran tenedor. Este recargo será del 100% cuando sea por más de 3 años).
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