El derrumbe mortal de Peñíscola: un juicio que se estanca
Las declaraciones del constructor, administrador, arquitectos y aparejadores sobre el suceso en que murieron dos personas en 2021, sin avances ante la tardanza a la hora de localizar a varios de los citados
Manuel García
Castellón
Martes, 8 de abril 2025
Las semanas y los meses pasan y no hay avances significativos. Los plazos en el juicio por el derrumbe mortal del edificio de Peñíscola en ... que murieron dos personas en agosto de 2021 siguen dejando atrás hojas en el calendario sin que se vea un horizonte claro. Quienes sufrieron el golpe de despedir a seres queridos y quienes perdieron su idílico lugar de descanso junto al mar lamentan la situación.
El final del pasado mes de marzo y el pasado lunes 7 de abril estaba marcado en rojo en los calendarios de las víctimas. Sin embargo, estas declaraciones ante el juzgado 4 de Vinaroz no han servido para mostrar un avance.
En enero se anunció que el juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Vinaros había citado para declarar como investigadas a seis personas: el administrador, el representante de una empresa constructora, dos arquitectos y dos aparejadores. Todos ellos estaban citados en varias fechas, la última este lunes 7 de abril.
Sin embargo, este calendario no se ha desarrollado como deseaban los denunciantes. Por el momento han comparecido los arquitectos, quienes se acogieron a su derecho a no declarar. Así, falta que lo hagan los aparejadores y los administradores de la constructora y de la promotora, pero el juzgado no los localiza. Los denunciantes lamentan que no haya recurrido a la policía para que los localice.
Además, han insistido en que el único que puede arrojar luz en este asunto es el arquitecto que realizó el informe del derrumbe porque el es perito y no le afecta el resultado. Pero por el momento a él no se le ha llamado.
Las víctimas se preguntan cuál es el problema con este asunto, que ve cumplir meses y meses sin avances y se cuestionan si puede haber un problema de falta de medios u otra circunstancia.
Este caso, que se produjo en agosto de 2021, y lleva por tanto camino de los cuatro años, provocó la denuncia de los afectados.
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Sin embargo, estos recibieron un primer revés al leer la primera resolución judicial: «No queda suficientemente justificada la perpretación de infracción penal». El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vinaroz zanjó, por el momento, en febrero del pasado año 2024 un caso que conmovió a la provincia.
La titular del juzgado consideró que no existían indicios de que tanto los dos fallecimientos como las lesiones de otro vecino «puedan subsumirse en los respectivos tipos penales de homicidio por imprudencia grave o menos grave y el equivalente para las lesiones». Recordó que para se dé esta imprudencia grave se ha de dar una conducta «en la que se omita la adopción de las cautelas más elementales».
Familiares de las víctimas denunciaron la situación y expusieron sus sentimientos en un reportaje publicado por LAS PROVINCIAS el pasado mes de septiembre. Poco tiempo después, en octubre, los afectados vieron un rayo de esperanza para su caso: la Sección Segunda de la Audiencia de Castellón reabrió la investigación por el derrumbe del edificio de la Urbanización Pont Nova de Peñíscola. Según señalaron en su momento fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat, el Tribunal estimó así el recurso de apelación interpuesto por los denunciantes contra el sobreseimiento provisional de la causa, acordado por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Vinaroz el pasado 21 de febrero y que revocó por considerarlo prematuro.
La Audiencia entendía que el juzgado instructor debía practicar algunas diligencias solicitadas por las partes porque serían «útiles y pertinentes para el total esclarecimiento de los hechos». El auto apuntaba que, tras examinar el informe de los técnicos de la Agencia Valenciana de Seguridad, del mismo se desprende «la existencia de indicios de criminalidad en cuanto que los materiales utilizados en los muros de carga no fueron los indicados en el proyecto, y que la agravación de las deficiencias pudieron ser debidas a las humedades, lo que pudo tener incidencia en la planeación del edificio y su posterior mantenimiento. Se solicitó contrastar dicho informe con otro informe pericial para determinar si la humedad es un factor persistente en la zona, pues de ser así, debería haber sido previsto en el proyecto de construcción y materiales a emplear. Dicha diligencia no fue practicada por el juez instructor».
Pero lo que parecía iban a ser una sucesión de buenas noticias se ha quedado en un proceso que no avanza con la celeridad que les gustaría a las víctimas: ha pasado medio año desde que se ordenó la vuelta al juzgado inicial de este caso y apenas ha cambiado nada.
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