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Un niño levanta el brazo en una clase. :: josé ramón ladra

Los colegios podrán perder el concierto si no cumplen la ley de transexualidad

Las sanciones incluyen multas de hasta 45.000 euros, la supresión de ayudas de la Generalitat hasta tres años y la inhabilitación temporal

J. SANCHIS

Sábado, 28 de mayo 2016, 23:17

El anteproyecto de la ley integral del reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género en la Comunitat que impulsa la Conselleria de Igualdad hace especial hincapié en el ámbito educativo.

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La norma permitirá que los menores puedan cambiar de sexo sin necesidad de permiso paterno y el tratamiento quirúrgico y farmacológico será sufragado por la sanidad pública, tal y como adelantó ayer este periódico. Además, incluye la obligación de que colegios e institutos redacten un Plan de Convivencia e Igualdad, fomenten el respeto e incluyan de forma transversal en los currículums contenidos sobre la identidad de género.

La nueva ley abre la puerta a que un centro pueda perder el concierto si cumple la normativa. El artículo 51 del anteproyecto se establecen las sanciones que conllevará las infracciones que pueden ser leves, graves o muy graves.

En el caso de que la infracción sea considerada grave la persona física o jurídica podrá ser multada con hasta 3.000 euros. Pero, además, establece entre las sanciones la prohibición «de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Generalitat por un periodo de un año» y «de contratar con la Generalitat, sus entes autónomos o entes públicos por el periodo de un año». En el caso de que la violación de la norma sea calificada como muy grave las sanción puede alcanzar los 45.000 euros y el periodo de tiempo en el que no se podrá contratar o percibir ayudas de la administración será de tres años.

También incluye para las infracciones muy graves la «inhabilitación temporal, por un periodo de hasta tres años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios destinados a la prestación de servicios públicos».

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Según las fuentes consultadas, la nueva ley puede vulnerar la libertad de los centros educativos a la hora de establecer su ideario o el proyecto de centro.

Además, los colegios, también los públicos, podrían verse privados de cualquiera de las ayudas que conceda la administración educativa: desde las subvenciones para material didáctico hasta la financiación de proyectos de innovación o la renovación de material.

Entre las exigencias de la nueva ley se encuentra el que se deberá respetar el nombre elegido por el alumno tanto en los escritos y comunicaciones que se le remitan como en las actividades docentes y extraescolares.

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El derecho a la intimidad del alumno que marca el anteproyecto incluye también aspectos como respetar la indumentaria que elija y garantizar «el acceso y el uso de las instalaciones del centro de acuerdo con la identidad de género sentida, incluyendo los lavabos y los vestuarios».

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