Luis Candela
Sábado, 5 de noviembre 2016, 01:02
Le ofreció regalos, chocolate y chucherías hasta que logró que la pequeña accediese a entrar en su domicilio para poder toquetearla. La Audiencia Provincial de Alicante ha impuesto una pena de cinco años y un día entre rejas para el hombre de 75 años, vecino de la menor de edad víctima de los tocamientos, por un delito continuado de abusos sexuales. Él mismo confesó sus pecados y reconoció en el juicio celebrado ante el tribunal de la Sección Décima de la sede provincial el 27 de octubre pasado haber sobado a la perjudicada cuando se pudo quedar a solas con ella gracias a su estratagema.
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Confianza.
El acusado conocía a la madre de la pequeña y luego se dedicó a ganarse a la niña, de 7 años de edad.
Confesión.
El procesado reconoció los hechos en el juicio celebrado el 27 de octubre en la Audiencia Provincial.
Vigilado.
El reo cumplirá una medida de libertad vigilada durante los seis años siguientes a su encarcelamiento.
Los hechos sucedieron el verano de 2014 en el bloque de viviendas en el que ambos residen de Playa de San Juan de Alicante. Las viviendas de los dos compartían rellano, por lo que la muchacha se encontraba muy cerca. El anciano pasó buena parte del tiempo acechando a la pequeña para ganarse su confianza con regalos y así poder quedarse a solas con ella, como ha quedado probado por sentencia. Lo consiguió en varias ocasiones en las que perpetró los abusos sexuales.
Antes, el procesado había entablado una amistad con la madre de la niña que sufrió los abusos. Así, con la relación de confianza que forjó con la mujer pudo ganarse con mayor facilidad a la perjudicada. Los magistrados han tenido en cuenta para la condena la confesión del reo, aunque también los informes médicos que obran en la causa y dan todavía mayor credibilidad a los hechos denunciados en junio del año 2014.
Indemnización
El hombre deberá indemnizar a la menor con la cantidad de 20.000 euros por lo sucedido, tal y como reconoce el tribunal, cuyos miembros entienden la cantidad solicitada por la Fiscalía como «razonable». Según los magistrados, «el padecimiento de una víctima de abuso sexual» sin lugar a dudas «le causa un daño oral». Además, el penado no podrá acercarse a menos de 500 metros de la víctima por un período de seis años, por lo que deberá cumplir una medida de libertad vigilada una vez abandone el centro penitenciario.
La Sala aboga por la imposición de esta medida solicitada por el Ministerio Público «atendida la naturaleza del delito y de las características y necesidad de protección de la víctima», como manifiestan los magistrados en el fallo hecho público ayer. Igualmente, la defensa letrada del penado se adhirió en los términos en los que el representante del fiscal solicitó la condena para su patrocinado durante la vista oral celebrada el mes pasado.
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