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Este viernes 27 de octubre se ha abierto el plazo para solicitar el cheque escolar para el curso 2023-24, en concreto para el alumnado que ha nacido en 2021 y tiene entre 2 y 3 años. Se trata de un sistema de ayudas económicas a la escolarización infantil de 0 a 6 años, destinadas a compensar desigualdades, sufragando los gastos de enseñanza de aquellos menores empadronados en el municipio de Valencia, y se conceden en función de la renta familiar, atendiendo también a las particularidades propias de las unidades familiares que las solicitan.
El plazo de solicitudes arranca este viernes 27 de octubre y finaliza el 15 de noviembre.
-La enseñanza del curso escolar 2023/2024, hasta un máximo de diez meses (de septiembre a junio), no teniendo esta consideración los gastos derivados de actividades realizadas fuera del periodo y horario escolar, actividades extraescolares, comedor, horarios especiales, libros, material escolar, matrículas y otros de análoga índole.
-Las actividades educativas desarrolladas, en su caso, en las escuelas infantiles o centros educativos durante el mes de julio de 2024. El alumnado solicitante de la ayuda de cheque escolar para el curso 2023/2024 que haya resultado beneficiario de la ayuda de Bono infantil para el mismo curso, podrá ser beneficiario de la citada ayuda de cheque escolar exclusivamente para el mes de julio de 2024.
Menores escolarizados/as en Educación Infantil, que hayan nacido en 2021, de franja de edad entre 2 y 3 años. Debido a la gratuidad de la enseñanza, se exceptúan los/las menores escolarizados/as en centros públicos o con concierto educativo pleno, o que ocupen un puesto escolar sostenido totalmente con fondos públicos.
En concreto, no podrán ser personas beneficiarias de la ayuda de cheque escolar para el curso 2023/2024, el alumnado declarado beneficiario de la ayuda de Bono infantil, para el mismo curso, salvo para exclusivamente el mes de julio de 2024, previa solicitud.
-Tanto el/la menor como la persona o personas progenitoras, o representantes legales, precisarán estar empadronadas en el municipio de Valencia desde el momento de formalizar la solicitud y hasta la finalización del curso escolar, salvo por motivos laborales o por casos de adopción nacional o internacional, debidamente acreditados y valorados por la Comisión Técnica de Trabajo.
-Ninguna de las personas progenitoras deberá encontrarse incursa en cualesquiera de los supuestos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Padres, madres o representantes legales de menores deberán acreditar, mediante declaración responsable, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Valencia.
-Padres, madres o representantes legales de menores beneficiarios de cheque escolar no podrán tener pendiente de justificar otra subvención anterior, siempre que el plazo establecido para su presentación haya finalizado.
-La escuela infantil o centro en el que esté escolarizado el o la menor, deberá estar ubicado en el término municipal de Valencia, haber obtenido la correspondiente autorización administrativa por parte de la Conselleria de Educación, y cumplir los requisitos contemplados en esta convocatoria.
-No podrá ser beneficiario de estas ayudas el alumnado integrado en familias cuya renta anual supere determinados importes.
Las solicitudes, dirigidas a la Alcaldía del Excmo Ayuntamiento de Valencia, se presentarán en los Registros del Ayuntamiento de Valencia, mediante modelo normalizado para tal efecto, que será facilitado en la página web de Educación o que puede descargar en el apartado «Impresos» de la misma página para rellenar y adjuntar.
La presentación en los Registros del Ayuntamiento de Valencia podrá hacerse:
- De forma presencial.
- A través de su sede electrónica.
Ello, sin perjuicio de realizar el registro en cualquiera de los lugares señalados a tal efecto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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