El presidente del Consejo Valenciano de Colegios de Abogados, Agustín Ferrer, en su despacho. LP
Los abogados piden vacunación preferente para el turno de oficio
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Los profesionales de la Comunitat lo consideran un «servicio público esencial», consultan a Sanidad si prevé algún protocolo específico y la Generalitat dice que lo trasladará al Gobierno
Los abogados valencianos estiman que los abogados de oficio merecen un lugar preferente en los turnos de vacunación por la importancia del turno de oficio. El 5 de enero, el pleno del Consejo Valenciano de Colegios de Abogados (CVCA) acordó remitir a la Conselleria de Sanidad una petición de información sobre el calendario previsto por la campaña de vacunación contra el Covid. En concreto, se solicitaba «si hay previsto algún protocolo o fase específica para estos profesionales», en referencia a los abogados en general, «y los letrados que prestan el servicio público del turno de oficio y la asistencia jurídica gratuita, en particular».
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Sanidad respondió que se tendrá «en cuenta» la cuestión para trasladar al Ministerio de Sanidad». Pero añadió que la Generalitat distribuirá las dosis de acuerdo con el orden que se define en la estrategia de vacunación y en la que, según los profesionales del Derecho, «no figuran los profesionales del Derecho».
El órgano que representa a la abogacía valenciana defiende que los letrados de la asistencia jurídica gratuita sustentan «un servicio público esencial» y, por tanto, «deben entrar en un calendario de vacunación con un protocolo específico». Esgrimen este argumento: «En los peores momentos del confinamiento, con la primera ola de la pandemia, los compañeros tuvieron que pasar por momentos muy duros». Trabajaron «sin las mínimas medidas de protección, 24 horas al día, siete días a la semana», según el presidente del CVCA, Agustín Ferrer.
Para Ferrer, el peligro al que se enfrentan los abogados de oficio «es evidente por ser un servicio público esencial». Y va más allá: «Muchas infraestructuras en las que se presta el servicio a detenidos y víctimas no disponen de las mínimas condiciones de seguridad contra el coronavirus». Se refiere a «determinados juzgados» o «dependencias policiales y de la Guardia Civil».
En definitiva, ahonda Ferrer, «creemos que los profesionales del derecho que están llevando a cabo una labor tan importante como el derecho de defensa deben prestarlo sin que suponga un peligro para su integridad». De no ser así, sentencia, «el propio ejercicio de este derecho fundamental se resentirá».
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