Nicolás Van Looy y Belén González
Vinarós | Alzira
Miércoles, 1 de diciembre 2021
Sorprendidos, decepcionados e indignados. Así se sienten los afectados por el caso Castor, agrupados en Aplaca, tras conocer la sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón que absuelve a los acusados.
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El presidente de Aplaca, Joan Ferrando, en declaraciones a LAS PROVINCIAS, manifestó que no ya se sienten decepcionados por la absolución, sino «indignados en general con la sentencia, porque el Tribunal nos ha ninguneado e ignorado. Ha pasado de los afectados totalmente», lamentó.
No entiende cómo descartan el delito «por no ser de gravedad suficiente, cuando no es un requisito sino un agravante del tipo de delito», así como que no se considere la alarma creada entre la población como suficiente para ser cuantificable. «¿Sólo se tienen en cuenta los daños físicos», se pregunta.
Y sobre la responsabilidad civil también reprocha que se traten los daños en las viviendas como «insignificantes».
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«Es una decepción más de una cadena que iniciamos desde el primer momento que nos opusimos al proyecto y durante la elaboración del mismo, que miramos con lupa. Hemos sido despreciados por la empresa», lamenta Ferrando.
El bufete de abogados que los representa, BCV Lex, anunció ayer que ya está estudiando la sentencia en vistas de un posible recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
En un comunicado emitido el miércoles, los abogados de los damnificados manifiestan que «tras un análisis preliminar» de la sentencia dictada, «se han detectado en ella diversas incongruencias, omisiones, errores materiales y manifestaciones que podrían ser arbitrarias».
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Según los letrados, «resulta incomprensible» el hecho de que, en base a la sentencia, «unas estrictas reglas técnicas para el desarrollo y explotación de la concesión», que se recogen en las bases del plan general de explotación propuesto por el concesionario, así como los parámetros de la operación, a los que se refiere explícitamente el artículo 4 del Real Decreto 855/2008, «no sean consideradas como normas de obligado cumplimiento y relevantes a la hora de determinar la concurrencia del tipo objetivo», que en este caso es la contravención de leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, «de acuerdo con el artículo 325 del Código Penal vigente en el momento de los hechos».
Destacan que «el Tribunal descarta la existencia del delito al considerar que los hechos no son de gravedad suficiente, como si la gravedad fuera por sí misma un requisito para la existencia del delito». En ese sentido, aclaran que «en realidad, no es más que un agravante del tipo cuando las conductas pudieran perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o si las mismas hubieran creado un riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas».
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Los abogados de Aplaca valoran que «en lo que respecta a las responsabilidades civiles, el Tribunal menosprecia el sufrimiento de la población, considerando que la alarma y preocupación generada no tiene entidad suficiente como para haber generado un daño cuantificable». Además, aseguran que «la sentencia confunde el perjuicio moral con un perjuicio corporal que no se ha reclamado. Todo ello después de haber sido rechazada la declaración testifical de la gran mayoría de afectados presentes en el procedimiento».
También manifiestan que «la comunidad jurídica está sorprendida de cómo un expediente que consta de ocho tomos y más de 17.000 folios ha sido despachado en una sentencia de apenas 50 páginas en menos de quince días desde la finalización de las vistas del juicio» algo a lo que «se añade la manifiesta hostilidad e incluso falta de respeto con la que el Tribunal ha tratado a la representación letrada de Aplaca».
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Por todo ello, desde la representación legal de los damnificados consideran que «la sociedad en general y la población afectada en particular se merece un esfuerzo mayor por parte del sistema judicial».
Desde el ámbito político, ha sido el senador de Compromís, Carles Mulet, el que se manifestó con mayor claridad respecto a la decisión judicial asegurando que «el hecho que la Audiencia de Castellón haya absuelto a dos simples directivos de la empresa que diseñó, construyó y explotó, hasta que renunció a ello, el depósito Castor, no quita que se siga trabajando para evitar futuros despropósitos similares».
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Para el senador «no es una buena noticia que con la sentencia se intente avalar la corrección en este» y pidió que se inicie «un proceso de investigación parlamentaria para analizar lo ocurrido y legislar para que jamás se vuelvan a tirar al mar miles de millones».
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