Ya lo decían los agricultores. Prohibir la quema de rastrojos y restos del a actividad agrícola a menos de 500 metros de un monte en abril era «una barbaridad». Al final la Conselleria de Agricultura ha rectificado ante la realidad y ha cambiado la orden para autorizar este procedimiento aunque lo veta a menos de 100 metros de distancia del suelo forestal.
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Así el Diari Oficial de la Generalitat publica la orden de la Conselleria de Agricultura que deja sin efecto la resolución del 28 de marzo en la que se prohibían las quemas de residuos agrícolas y márgenes de cultivo y permitirá hasta el 1 de junio realizarlas, siempre que se realicen a más de 100 metros de terrenos forestales.
La publicación se hace en plena ola de calor cuando se espera que las temperaturas en el interior de la Comunitat alcancen los 40 grados. Hay que recordar que la orden que prohibía las quemas se publicó el 28 de marzo en pleno incendio forestal de Villanueva de Viver que quemó más de 4.700 hectáreas.
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La orden del departamento que dirige Isaura Navarro justifica la decisión en el «gran volumen de biomasa agrícola» que se ha generado en el último mes y que supone «un potencial riesgo de incendio forestal y que es necesario gestionar antes de la época de mayor riesgo». Es un factor que ya habían advertido los agricultores ya que estos momentos son de gran actividad en el campo.
En este sentido, la resolución señala que en los meses de marzo y abril se han realizado tareas de poda en gran parte de los cultivos leñosos de la Comunitat Valenciana, lo que ha generado esta biomasa que alberga «potencial riesgo de incendio forestal».
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Asimismo, se explica que los titulares de explotaciones agrarias y las organizaciones agrarias han manifestado que «la acumulación prolongada de restos de la poda o de otras operaciones de cultivo pueden suponer un riesgo fitosanitario grave para los cultivos y las plantaciones colindantes».
«Para evitar la propagación de plagas, reducir sus poblaciones, mitigar sus efectos o conseguir la erradicación de los organismos nocivos en determinados cultivos, resulta necesaria la eliminación de estos residuos agrícolas, y en algunas explotaciones agrarias, la única forma de conseguirlo es mediante el uso del fuego», han explicado.
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Por ello, la resolución deja sin efecto la prohibición que estableció la orden del 28 de marzo, vuelve a la situación anterior, pero añade una nueva restricción: se prohíbe de forma excepcional hasta el 31 de mayo de 2023, el uso del fuego para la eliminación de residuos agrícolas y forestales, así como la quema de márgenes de cultivo, en los terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor de 100 metros de aquellos. Esta prohibición temporal afecta tanto a los municipios que cuenten con plan local de quemas como a los que no dispongan de este documento.
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