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Alicante
Lunes, 1 de junio 2020, 13:28
El Ayuntamiento de Alicante sancionará con multas de hasta 3.000 euros a los ciudadanos que tiren al suelo mascarillas o guantes usados, así como cualquier material sanitario desechable de protección de posibles contagios frente al coronavirus que pueda convertirse en un foco de infección.
La cuantía de las multas puede variar entre los 210 y los 3.000 euros, en función de la gravedad de la infracción cometida, y se aplicará el artículo 130 de la Ordenanza de Limpieza del Ayuntamiento de Alicante, que prohíbe el abandono de cualquier sustancia desechable en la vía pública, según la Concejalía de Seguridad.
Así, según han informado este lunes fuentes municipales, la Policía Local ha puesto en marcha esta medida tras detectar en la última semana conductas incívicas por parte de algunos ciudadanos, desde que entró en vigor la obligatoriedad de usar mascarillas, ya que se ha observado material sanitario desechable de un solo uso abandonado en la vía pública.
Por ello se ha comenzado desde este fin de semana a montar un dispositivo para evitar que se tire el material de protección frente al coronavirus.
El edil de Seguridad, José Ramón González, ha calificado este tipo de comportamientos de «incívicos y muy peligrosos para la salud», ya que el material usado, como las mascarillas o los guantes, puede estar infectado por las personas que lo han usado y, al tirarlo al suelo, podría suponer «focos de infección».
Por ello, desde la Concejalía de Seguridad insisten en que, durante los controles que van a realizar los policías, a las personas que sean sorprendidas arrojando al suelo mascarillas o guantes usados serán sancionadas.
«La gente debe de tener conciencia de que estas conductas afectan a la salud de los demás porque la mascarilla se lleva para proteger de contagios y si la tiramos al suelo, ponemos en riesgo a la población», ha señalado González a través de un comunicado.
«En esta ocasión se informará, pero también se va actuar de forma contundente, sancionando estas conductas incívicas con multas de hasta 3.000 euros», ha añadido González, a través de un comunicado.
Los criterios que se valorarán para determinar la cuantía de la sanción son: la existencia de intencionalidad, la continuidad en la conducta infractora, la naturaleza de los perjuicios causados y la reincidencia por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.
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