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Miércoles, 28 de diciembre 2022, 20:42
Valencia ya tiene su primer carril BUS-VAO. En concreto, este carril consta de 6 kilómetros en la autovía V-21, en la entrada a la ciudad de Valencia. El carril se implantará de manera progresiva para facilitar la adaptación por parte de los usuarios, en estrecha coordinación con la Dirección General de Tráfico.
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Según explica la DGT en su página web, las condiciones de uso de este tipo de carriles adicionales están reguladas en el artículo 35 del Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003, de 21 de noviembre) y en la resolución sobre medidas especiales de regulación de tráfico que cada año se publica en el Boletín Oficial del Estado (Resolución de 18 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2022):
Con carácter general, pueden circular por el carril BUS-VAO motocicletas de dos o tres ruedas, turismos, autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, autobuses articulados y vehículos mixtos adaptables con un número mínimo de dos ocupantes.
Tienen prohibida su circulación el resto de los vehículos y conjunto de vehículos, incluidos los turismos con remolque, ciclos y ciclomotores.
No obstante, podrán ser utilizados también, aun cuando solo lo ocupe su conductor, por:
-Los tipos de vehículos autorizados si ostentan la señal V-15 (distintivo movilidad reducida).
-Por motocicletas de dos o tres ruedas (triciclos de motor con menos de 600 milímetros de distancia entre ruedas del mismo eje).
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-Por autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos y autobuses articulados.
-Por los vehículos clasificados como taxis según el criterio de utilización del anexo II del Reglamento General de Vehículos, que cuenten con módulo luminoso exterior y licencia de autotaxi en vigor.
-Por los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento y asistencia sanitaria en servicio de urgencia, los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía.
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-Por los turismos con señal V-25 de distintivo ambiental clasificados en el Registro de Vehículos del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico como «0 emisiones».
-Por los turismos con señal V-25 de distintivo ambiental clasificados en el Registro de Vehículos del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico como «ECO», «C» o «B», solamente cuando en los paneles de mensaje variable de acceso a los carriles VAO se indique tal extremo.
Circular indebidamente por los carriles BUS-VAO supone una infracción grave tal y como se especifica el Artículo 76.c de la Ley de Seguridad Vial y Tráfico:
Incumplir las disposiciones de esta ley en materia de preferencia de paso, adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, sentido de la circulación, utilización de carriles y arcenes y, en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación.
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En este caso se aplicará sanción por circular con un vehículo con menos ocupantes de los estipulados o con un vehículo que no tenga permitida su utilización.
Incurrir en esta falta está penado con 200 euros. No conlleva pérdida de puntos.
NEn caso de que se acceda y circule por carril VAO en sentido contrario a la marcha, se estará cometiendo una infracción muy grave. y en su caso la multa es de 500 euros y pérdida de seis putos del carnet.
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