La proliferación de jabalíes se ha convertido en un problema mas que acecha a los agricultores. La expansión en los últimos años ha sido vertiginosa y para dar respuesta a este problema la Conselleria de Emergencia Climática prepara una controvertida orden para regular su caza.
Publicidad
La normativa en preparación autoriza en su artículo 3 el uso de las jaulas trampa para la captura de estos animales. Se trata de un procedimiento que la Ley de Patrimonio Natural cuestiona. En el artículo 65 señala que «quedan prohibidas la tenencia, utilización y comercialización de todos los procedimientos masivos o no selectivos para la captura o muerte de animales» y en el Anexo VII señala como prohibidos determinados procedimientos para el transporte y muerte de animales, entre ellos las trampas no selectivas.
Estas jaula se pueden englobar en este tipo de procedimientos porque se suelen dejar abiertas en el monte y en ella puede entrar cualquier animal. De hecho, los agentes medioambientales están multando a quienes instalan estos sistemas.
También los artículos 336 y 377 del Código Penal tipifican el uso de las trampas no selectivas como un delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos que está penado desde cuatro meses a dos años de cárcel «o multa de ocho a veinticuatro meses y, en cualquier caso, la de inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar o pescar por tiempo de uno a tres años».
Y es que la utilización de estos procedimientos para la caza de jabalíes puede originar situaciones de maltrato animal. Por un lado, la orden de la Conselleria de Emergencia Climática no especifica ni el personal ni regula cómo se tienen que atender o controlar.
Publicidad
De esta forma, las jaulas pueden permanecer en el monte o en un campo con algún animal en su interior durante un tiempo indeterminado. Las presas estarían así expuestas al sol y a otras inclemencias meteorológicas sin ningún tipo de alimento o bebida a la espera de que llegara el responsable.
Además, el objetivo, por otro lado, no es salvar la vida del animal. En el anteproyecto de ley se deja muy claro que las presas van a tener que ser sacrificadas 'in situ' por personal autorizado.
El proyecto normativo puede también contradecir la Ley de Caza que faculta a la Generalitat a autorizar el uso de estos procedimientos pero de forma muy garantista exigiendo saber qué método se va utilizar y en qué condiciones. El borrador de la conselleria ahora reduce, en cambio, estos controles.
Suscríbete a Las Provincias: 3 meses por 1€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.