![El Consell reduce a nueve meses los plazos para aprobar los planes urbanísticos de reconstrucción tras la dana](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2025/01/02/1489543996-RPuzpdy8fZ0buKMdBVWUsOI-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
![El Consell reduce a nueve meses los plazos para aprobar los planes urbanísticos de reconstrucción tras la dana](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2025/01/02/1489543996-RPuzpdy8fZ0buKMdBVWUsOI-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
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La reconstrucción de los daños ocasionados por la dana tiene que ser ágil. Es la prioridad que se ha marcado el Consell, que reduce a nueve meses los plazos para aprobar los planes urbanísticos con los que rehacer las zonas afectadas de las ciudades. Un ... cambio sustancial en la rapidez burocrática para recuperar la normalidad, ya que estos procesos por la vía ordinaria administrativa suelen tardar varios años hasta materializarse.
Así lo determina en un decreto ley publicado ayer en el DOGV de medidas urbanísticas urgentes. Cada ayuntamiento afectado por la riada podrá, mediante acuerdo en el pleno, destinar un suelo vacante no ejecutado, calificado como equipamiento dotacional, a la construcción de viviendas residenciales. Una medida excepcional siempre que justifique la necesidad de construcción de nueva vivienda residencial tras la destrucción total o parcial de muchas de estas edificaciones por la dana. Y por supuesto, siguiendo los criterios de protección del medio ambiente y de suelos no inundables.
Se trata de medidas urbanísticas con carácter extraordinario y urgente, exclusivas para los municipios afectados por la dana. En esas zonas se va impedir el desarrollo de zonas con riesgo de inundación y se potenciarán otros no inundables para lograr el crecimiento económico de los municipios.
Este decreto ley introduce la figura del Plan Especial Urbanístico de Reconstrucción, cuyo objetivo es la creación de suelos destinados a viviendas, la reubicación de polígonos industriales y la integración de infraestructuras necesarias, según recoge la norma y su aprobación se llevará a cabo en el término de esos nueve meses. En algunos municipios estos procesos llegaban a tardar hasta ahora casi diez años.
Se reducen por ejemplo los plazos máximos de tramitación en el proceso de evaluación ambiental. El trámite de consultas será de 20 días hábiles, mientras que el plazo máximo desde la recepción de la solicitud de inicio de evaluación ambiental hasta la emisión del documento de alcance o del informe territorial estratégico será de dos meses. En el caso de que el plan se tramitase por el procedimiento ordinario, el plazo máximo para la formulación de la declaración ambiental estratégica será de tres meses.
Desde que comenzaron las tareas tras los daños ocasionados por la inundación, en las últimas semanas las distintas Administraciones Públicas han tenido que llevar a cabo numerosos trabajos de reconstrucción en infraestructuras y equipamientos en suelo no urbanizable. Para darle amparo jurídico, en este decreto se incluye la regla expresa por la que se considera uso urbanístico compatible las actuaciones promovidas por los ayuntamientos en suelo no urbanizable dirigidas a paliar los daños provocados por la dana.
La nueva normativa incluye la suspensión de todos los procedimientos urbanísticos en suelos rurales inundables a la espera de que la Administración General del Estado apruebe un plan de obras hidráulicas que elimine el riesgo de inundaciones. Precisamente en este aspecto, el conseller de Infraestructuras, Vicente Martínez Mus, exigió ayer al Gobierno central que estas actuaciones «se lleven a cabo a la mayor celeridad posible» para determinar qué zonas tienen ese riesgo de avenidas de agua.
Los planes que quedan paralizados son los de Camporrobles, Llombai, Picassent, Aldaia y Chiva. Por su parte, en suelos rurales no inundables, se permite la tramitación de procedimientos urbanísticos, siempre que se cuente con el informe pertinente del organismo nacional.
La propuesta de suspensión cautelar de los procedimientos urbanísticos en trámite en las zonas inundables, en toda la zona afectada, estará vigente hasta que el Estado apruebe un listado de obras hidráulicas a ejecutar para eliminar el riesgo de inundación en la Comunitat. Una situación que conlleva la paralización de importantes actuaciones urbanísticas como el polígono industrial Pont dels Cavalls en Aldaia.
De esta forma la Generalitat deja la pelota en el tejado del Gobierno central, que debe mover ficha y hacer un estudio tras el que decidir qué obras y en qué municipios puede llevar a cabo para evitar que haya inundaciones. El Consell, con la sentencia del Supremo que desestimó el recurso presentado por el Botànic contra el reglamento de dominio público hidráulico, lo que busca es priorizar la seguridad de las personas y bienes sobre cualquier otro criterio y no aprobará esa actuación hasta que el Ejecutivo se comprometa a realizar las obras hidráulicas que garanticen que ya no habrá riesgo en esos suelos.
Para que cada ayuntamiento pueda aprobar estos Proyectos de Reconstrucción Local (PRL) se va a simplificar la tramitación de modificaciones puntuales de su planeamiento dirigidas a realizar, en suelos en situación básica urbanizado, los ajustes que sean necesarios dirigidos a facilitar las tareas de reconstrucción. Una situación que permitirá aprobar reglas especiales y extraordinarias que regularicen esas actuaciones de emergencia, declarando uso urbanístico compatible las actuaciones promovidas por las distintas administraciones públicas en suelo no urbanizable.
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