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La conselleria evita facilitar las prácticas a la Católica tras recurrir ante el Supremo

La medida deja sin efecto el plazo de cuatro meses que dictó el TSJCV para firmar el convenio con la universidad

J. BATISTA

VALENCIA.

Viernes, 14 de diciembre 2018, 00:40

La Abogacía de la Generalitat, a instancias de la Conselleria de Sanidad, ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del TSJCV que reconocía el derecho de la Universidad Católica a suscribir convenios con la administración para que sus alumnos de Ciencias de la Salud pudieran realizar prácticas en centros sanitarios públicos.

Con este paso judicial el departamento autonómico gana tiempo, pues según explicaron fuentes del tribunal valenciano, que confirmaron la elevación de la causa al Supremo, implica dejar sin efecto el plazo de cuatro meses que dio el TSJCV en su fallo para que el acuerdo se hiciera efectivo y que vencía a finales de enero. Por lo tanto, de cara al próximo curso la institución académica no podrá contar con la red de titularidad de la Generalitat para la formación práctica de sus alumnos, por lo que continuará dependiendo de sus convenios con centros privados y concertados.

La única excepción es el Hospital General de Valencia, cuyo acuerdo se mantuvo después de la ejecución provisional de otra sentencia favorable a la Católica. Eso sí, cabe la posibilidad de que el centro académico opte por la misma vía, es decir, pedir que el fallo que le reconoce el derecho a firmar convenios con la Conselleria de Sanidad se aplique provisionalmente mientras delibera el Supremo, una opción que de momento no ha trascendido.

Tras anunciarse la exclusión del alumnado de las universidades privadas de las prácticas en centros públicos en un acto institucional, en julio de 2016 la Católica solicitó la firma de un convenio de colaboración en este sentido al considerar que sí tenía encaje legal. La petición fue desestimada, lo que dio lugar a un recurso de lo contencioso.

La Generalitat argumentó que este tipo de acuerdos chocaban con la ley de incompatibilidades del personal sanitario, en el sentido de que no pueden atender a personas derivadas de terceros en su horario laboral, si bien el TSJCV interpretó que los alumnos no encajaban con este perfil, pues estos acompañaban a los facultativos en su quehacer diario, sin interrumpirlo.

También se alegó que un hospital adscrito a una universidad no podía hacerse cago de estudiantes de otra, tal y como refleja un real decreto de 2015, si bien esta norma también contempla una excepción a través de la firma de convenios entre las partes, idea que también destacó el TSJCV en el fallo. Por último, se aceptó la pericial practicada por la Católica que determinó que había espacio suficiente en los centros públicos para acoger a estudiantes de la pública y de la privada.

Desde la Conselleria de Sanidad, en un primer momento, pidieron una aclaración de la sentencia al TSJCV y se anunció un estudio sobre la capacidad de los centros para absorber a todo el alumnado. Pese a las preguntas de este periódico, desde el departamento no informaron sobre los motivos que han llevado a presentar un recurso de casación ni sobre el resultado de la petición de aclaración del fallo.

La Universidad CEU Cardenal Herrera, que cuenta con una importante cartera de títulos sanitarios, también presentó un recurso contra la exclusión de su alumnado.

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