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El Diari Oficial ha publicado hoy la orden que convoca las oposiciones docentes del próximo verano, que suman 4.616 plazas, la mayoría de la ESO. Los interesados que cumplan los requisitos podrán presentar sus solicitudes entre mañana y el 29 de abril. El modelo oficial estará disponible en la web de la Conselleria de Educación.
El departamento que dirige Vicent Marzà ha incluido varias novedades respecto a procedimientos anteriores y en relación al primer borrador de la orden tras la negociación con los sindicatos. Entre ellas, se ha dado marcha atrás en la propuesta de iniciar la primera prueba el 1 de junio, por lo que se mantiene el arranque en los parámetros habituales: a finales del mes, exactamente el 26 de junio.
El adelanto buscaba que el procedimiento tuviera más días, evitando la compresión de los plazos de las diferentes fases del año pasado y las jornadas maratonianas para los miembros de los tribunales, una problemática que derivó en multitud de quejas, concentraciones e incluso en recursos judiciales por parte de aspirantes que consideraron que, debido a la organización, se lesionó su derecho a realizar el proceso selectivo en condiciones de igualdad.
Sirve como ejemplo el extracto de uno de los muchos recursos de alzada presentados, facilitado por el despacho Fuentes & Gala Abogados, que impulsa un proceso judicial que engloba a cerca de un centenar de aspirantes. «La convocatoria (la de 2018) reconocía la asignación de tres mil plazas para la categoría de maestros, la cual debería llevarse a cabo en unos plazos determinados previamente, plazos que si se analizan determinamos que ha existido una falta de tiempo material para poder examinar a todos los aspirantes. Esto explica el elevado número de personas que pese a obtener muy buena nota en la primera parte del ejercicio (la A, la teoría) obtiene notas por debajo de la media necesaria (tras hacer la B, el caso práctico, que se promedia con la anterior) para evitar que puedan pasar a la siguiente fase», según se lee en el escrito.
«Es claro y demostrable matemáticamente que es imposible examinar a más de 30 opositores dentro de los plazos establecidos por el órgano competente (conselleria), generando la aplicación de una criba masiva por todos los tribunales calificadores», continúa el recurso. Lo que se denuncia es el famoso cupo: una especie de límite no regulado mediante el que supuestamente los tribunales, una vez ha pasado un número razonable de aspirantes a leer su caso práctico cierran el grifo, de manera que los siguientes, más allá de la calidad de su ejercicio, ya no llegarán a la siguiente fase de la oposición: la evaluación de una programación y una unidad didáctica. De lo contrario, siguiendo esta teoría, si pasaran todos los que lo merecen, sería imposible cumplir los plazos que fija Educación.
Durante la negociación del borrador de la orden con los sindicatos fueron varias las críticas planteadas en relación al adelanto al día 1, desde que se empezarían las pruebas con los centros activos al 100% (no hay que olvidar que los tribunales los componen docentes con su labor diaria) hasta que se restaría tiempo de preparación a los aspirantes, pues por regla general las oposiciones siempre han arrancado a finales de mes.
Al final, la conselleria ha optado por no cambiar nada en el aspecto anterior, aunque sí ha aplicado novedades enfocadas, precisamente, a mejorar la fluidez y la transparencia del procedimiento. Por ejemplo, se crea un pequeño periodo para presentar alegaciones a la nota obtenida para cada una de las fases previas al concurso de méritos. La reclamación se presentará por escrito ante el propio tribunal desde las 9 hasta las 14 horas del día siguiente a la publicación de las listas provisionales, y se sabrá si han sido estimadas o no con la publicación de las definitivas. También fue una queja habitual el año pasado. Al no estar regulada esta posibilidad en la convocatoria, los tribunales rechazaron en la mayoría de los casos las peticiones de los aspirantes que se consideraron perjudicados. En resumen, se podrán luchar por cambiar la nota durante el proceso. Ahora sólo se posible una vez el aspirante ha sido eliminado bien con un recurso de alzada o en la vía judicial.
En cuanto a la primera fase, la que incluye la prueba teórica (A) y el caso práctico (B), la conselleria establece «un nuevo mecanismo de garantía del anonimato» en la A, como ya se hace en otras comunidades, mientras que para la B ya no será necesario que el aspirante, tras hacer el supuesto práctico, tenga que ser llamado de nuevo para leerlo, tal cual lo escribió, delante del tribunal. Serán estos los que lo hagan en todas las especialidades en las que no se requiera la presencia del opositor, pues hay casos, explica Educación, en los que se deben evaluar conocimientos a nivel oral o es necesario tocar un instrumento.
Por último, en la segunda fase, las programaciones y las unidades didácticas ya no se presentarán por escrito ante el tribunal, sino que se hará por vía telemática, y los miembros del mismo no tendrán acceso a estos documentos hasta que no se inicie la citada fase. Además, se crearán comisiones de baremación de los méritos de los aspirantes (la tercera y última parte del procedimiento selectivo), lo que evitará que tengan que ser los tribunales los que deban revisar todo el papeleo que presentan los aspirantes.
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