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Martes, 23 de marzo 2021, 11:45
Este martes, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha hecho públicos los detalles de la creación de un nuevo Censo de personas o entidades destinatarias de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria Valenciana.
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De acuerdo con el documento oficial de la Generalitat, las siguientes personas y entidades estarán obligadas a figurar en el Censo:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
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- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, respecto de trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidas las personas titulares de las notarías y registros de la propiedad y mercantiles cuando sean destinatarias en calidad de obligadas tributarias.
- Quienes representen a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.
- Las personas que tengan la condición de colaboradores o colaboradoras sociales por haberse adscrito como profesionales o participantes de entidades, instituciones y organismos representativos de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales a un convenio de colaboración suscrito con la Generalitat para el uso de los sistemas de presentación por medios telemáticos de las declaraciones tributarias gestionadas por la Agencia Tributaria Valenciana.
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- Quienes se encuentren dadas de alta en los censos tributarios que gestione la Agencia Tributaria Valenciana.
Estas personas y entidades recibirán una notificación de la Agencia Tributaria Valenciana cerca de su inclusión en el Censo por medios no electrónicos. Por otra parte, aquellas personas que no estén obligadas a recibir las notificaciones electrónicas también podrán darse de alta en el Censo con este fin.
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Las personas físicas y jurídicas o entidades no incluidas de oficio en el censo de personas o entidades destinatarias de notificaciones electrónicas podrán adherirse a este cuando así lo soliciten. En el formulario mediante el que realice la solicitud de adhesión al Censo, las personas físicas deberán ser informadas conforme a lo establecido en el artículo 13 del RGPD.
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Este consentimiento podrá prestarse individualmente para cada procedimiento o bien de modo genérico, en relación con los procedimientos previstos en el catálogo de procedimientos publicado en la sede electrónica de la Agencia Tributaria Valenciana que admitan la notificación electrónica de actos administrativos.
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La inclusión en el censo se producirá desde la fecha de registro de la solicitud.
A continuación puedes consultar el DECRETO 39/2021 correspondiente al DOGV del 23 de marzo de 2021, donde se establecen los detalles sobre el censo de la Agencia Tributaria Valenciana. Si no puedes visualizarlo correctamente, refresca la página en tu navegador.
Puedes descargar el archivo en PDF para compartirlo, ampliarlo o revisarlo más tarde sin conexión a Internet.
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