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La letra pequeña del decreto de ayudas por la DANA establece un plazo límite para reclamar

La letra pequeña del decreto de ayudas por la DANA establece un plazo límite para reclamar

El BOE publica el listado de medidas urgentes con dinero para viviendas, coches, bienes muebles, empresas, pymes y autónomos

Nacho Ortega y EP

Valencia

Miércoles, 6 de noviembre 2024, 11:28

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado en la mañana de este miércoles 6 d enoviembre el plan de ayudas de 10.600 millones de euros destinado a paliar los efectos de la DANA, que contempla ayudas directas y medidas fiscales y laborales, además de líneas de avales avalados por el Gobierno para pymes, autónomos y familias para hacer frente a los gastos sufridos por la catástrofe.

Las solicitudes para la concesión de las ayudas por daños personales, las que afectan a la vivienda entre otras, se presentarán en el plazo de dos meses desde la fecha de publicación, es decir, el plazo para reclamar finalizará la primera semana de enero.

En un real decreto de 49 páginas, firmado por el Rey Felipe VI y por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el BOE recoge todas las medidas aprobadas el martes por el Consejo de Ministros con el objeto de restablecer la normalidad de las zonas afectas por el temporal, y que se enmarcan dentro del 'Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento de la Comunitat Valenciana'.

Puedes leer el decreto íntegro publicado en el BOE.

Este plan entrará en vigor el 7 de noviembre y será próximamente remitido al Congreso para su convalidación en debate público. Será aplicado en 78 municipios, la mayoría en la Comunitat Valenciana (75 en la provincia de Valencia, dos de Castilla-La Mancha y uno de Andalucía). Según explicó el Gobierno ayer, el paquete está valorado en 10.600 millones de euros, pero se irá ampliando según se vayan sucediendo las necesidades.

El paquete, que contempla ayudas directas y medidas fiscales y laborales, recoge una nueva línea de avales, denominada ICO-DANA, por valor de 5.000 millones de euros para que pymes, autónomos y también familias, como novedad, puedan solicitar créditos avalados por el Gobierno para hacer frente a los gastos sufridos por la catástrofe.

Estas son las principales ayudas:

Viviendas, coches y empresas

Entre las medidas que recoge este real decreto del Gobierno, se cuadriplican las ayudas públicas previstas en la ley por fallecimiento, incapacidad, daños en enseres y en vivienda, sin umbrales de renta.

En concreto, por casos de incapacidad la ayuda será de hasta 72.000 euros, para la reparación de viviendas entre 20.000 y 60.000 euros, para cambiar o restaurar muebles o electrodomésticos se darán hasta 10.300 euros. Además, para la reparación de elementos de las comunidades de vecinos la ayuda será de hasta 37.000 euros.

Al objeto de acreditar la titularidad sobre los inmuebles afectados por los siniestros se admitirá como medio de prueba cualquier documento que demuestre dicha titularidad, como los recibos de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles u otros de análoga naturaleza.

Para acreditar la cuantía del daño en la vivienda y enseres de primera necesidad, en aquellos casos en los que no exista cobertura de un seguro, se admitirá un informe pericial contratado y validado por el ayuntamiento en el que conste ladestrucción de la vivienda con una valoración de la misma, o los daños sufridos por esta o en los enseres de primera necesidad con una valoración de los mismos.

Cuantía de las ayudas a la vivienda

Las cuantías máximas de las ayudas pasan a ser las siguientes:

1.º) Por destrucción total de la vivienda habitual: 60.480 euros.

2.º) Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual: 41.280 euros.

3.º) Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual: 20.640 euros.

4.º) Por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual: 10.320 euros.

5.º) Por daños en elementos comunes de uso general de una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal: 36.896 euros.

Vehículo

Asimismo, el Consorcio de Compensación de Seguros, dependiente del Ministerio de Economía, empezará a abonar hoy las primeras indemnizaciones a aquellas familias y empresas que han perdido su vehículo en base al valor venal.

Pymes y autónomos

Las ayudas directas para pymes y autónomas serán de 838 millones de euros: los autónomos podrán recibir 5.000 euros, en el caso de las empresas, oscilarán entre los 10.000 y los 150.000 euros.

Para recibirlas, bastará con indicar el número de cuenta bancaria y empezarán a cobrarse en menos de un mes, beneficiando a unos 65.000 trabajadores autónomos y unas 30.000 empresas.

Asimismo, se crea de una línea de avales ICO-DANA por valor de 5.000 millones de euros para empresas y autónomos. Hoy se ha aprobado el primer tramo por 1.000 millones de euros.

Además, se incluye una prestación por cese de actividad para autónomos que corresponde al 70% de la base de cotización, quienes podrán acceder a la ayuda aunque no tengan el periodo mínimo de cotización exigido y sin que les reduzca sus prestaciones en el futuro.

Incapacidad temporal, aumento del IMV y ERTE

Se crea una incapacidad temporal extraordinaria de trabajadores y autónomos con daños físicos o psicológicos provocada por la DANA, siendo estos considerados como accidente de trabajo, lo que garantiza el 75% de su salario desde el primer día de incapacidad.

Además, la ayuda permitirá el aumento del 15% durante tres meses para las personas que perciben el ingreso mínimo vital o pensiones no contributivas.

Con la reforma laboral, las empresas afectadas que suspendan temporalmente la actividad de sus trabajadores a través de un ERTE estarán exentas de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de la plantilla, al menos hasta febrero de 2025.

Hipotecas, préstamos y medidas fiscales

Los ciudadanos y las pymes que tengan una hipoteca o un préstamo al consumo podrán posponer el pago íntegro de sus créditos durante 3 meses, y pagar solo los intereses durante 9 meses adicionales.

Entre otras medidas fiscales se aprueba:

-Exención del IBI correspondiente al ejercicio 2024.

-Reducción el IAE correspondiente al ejercicio 2024.

-No se pagarán tasas de Tráfico ni en la Policía al tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir los carnets de conducir y los DNI.

-Las ayudas por daños personales quedan exentas de tributación en el IRPF.

-Aplazado el segundo pago de la declaración de la renta hasta 2025 para los afectados por la DANA, beneficiando a 200.000 contribuyentes

-Reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias de la zona afectada.

Medidas de emergencia

El Gobierno se ha comprometido a pagar el 100% de los gastos de emergencia que tengan los ayuntamientos afectados, y hasta el 50% de todas las obras que tengan que llevar a cabo en los próximos meses y años para reparar infraestructuras, instalaciones y servicios como carreteras, polideportivo, o centros cívicos.

De igual forma, se reforzarán los juzgados y los equipos de notarios y registradores de la propiedad, para que vía satélite, los ciudadanos puedan certificar la ubicación de sus bienes inmuebles de la forma más sencilla

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