Aprovechar para hacer la compra en el barrio y al mismo tiempo pasear al perro se va a convertir en un binomio difícil de realizar tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Bienestar Animal. Los tradicionales 'aparcamascotas', los ganchos que muchos comercios tenían colocados a sus puertas para que los propietarios dejaran apenas unos minutos a sus mascotas, sin perderlos de vista, para hacer la compra, tienen los días contados. «Lo voy a quitar en nada, me ha dicho el gestor que ya no puedo tenerlo», explicaba ayer el dueño de una panadería en el barrio de L'Olivereta de Valencia.
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No sólo eso. Los comercios que no permitan la entrada de los perros deberán lucir fuera un cartel prohibiendo expresamente su acceso. «En caso de no tenerlo, la elección o no de entrar pertenece al dueño», aseguraba el hornero, remitiéndose de nuevo a su gestor. Aunque su dictamen no es del todo exacto. La Ley de Bienestar Animal no permite entrar en comercios o locales que se dediquen a «elaborar, almacenar o manipular alimentos», algo que excluiría a establecimientos como la panadería del comerciante de L'Olivereta. Entonces, ¿dónde puedo y dónde no puedo ir con mi mascota? Intentamos contestar a alguna de estas preguntas.
No. La ley no especifica tiempo ni ubicación. Un perro no puede dejarse sólo atado a la puerta de un comercio, ya sea un supermercado o un local del barrio. Estos tienen que retirar los 'aparcamascotas', según la nueva normativa. La norma señala que supone un ataque al bienestar del animal y que además el propietario no puede controlar si alguien se acerca a él o si causa algún daño a alguna persona. De hecho, la normativa establece multas para esta conducta. Pueden llegar hasta los 10.000 euros. Que se lo digan a la mujer de Vigo que esta semana dejó atado a su perro para comprar unos minutos en una farmacia de Vigo: 500 eurazos de multa.
La señora de Vigo no tenía opción. Hay una normativa sanitaria que impide la entrada con animales en establecimientos como las farmacias. Ir a por medicamentos con la mascota es inviable. Sólo pueden entrar en estos establecimientos los perros lazarillo u otros canes de asistencia.
La ley especifica que se puede entrar con animales en «edificios y dependencias públicas, establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general en aquellos en los que se consuman bebidas y comidas, mientras que no supongo un peligro o daños». Aunque la norma especifica que no se puede hacer en locales con «elaboración, almacenamiento o manipulación». Eso excluye a los supermercados y a la mayoría de tiendas de alimentación, aunque abre la puerta a hacerlo en establecimientos hosteleros. La norma también indica que los locales que los locales que no permitan la entrada de animales deben lucir un distintivo en la puerta avisando de ello. En cualquier caso, siempre prevalece la decisión del establecimiento.
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La ley prohibe taxativamente dejar a un animal en solitario en el interior de un vehículo y poniendo en peligro su vida o integridad. La sanción en este caso puede llegar a los 10.000 euros. Pero ojo que la nueva norma abre la puerta incluso a otro extremo. El texto legal señala que los animales deben viajar en los coches «en condiciones térmicas que aseguren su bienestar». O lo que es lo mismo, si usted transporta a su animal doméstico en un coche sin aire acondicionado se expone a recibir una multa de las Fuerzas de Seguridad.
El Corte Inglés autoriza desde 2020 la entrada a razas pequeñas (un máximo de 10 kilos), atado y cogiéndolo en brazos en caso necesadio. Gatos y otros animales de compañía, en transportin. Lo mismo pasa en establecimientos como Decathlon o grandes almacenes. ¿Y en Carrefour? Sí en la galería comercial, pero no en el supermercado por almacenar comida y ser una de la excepciones de la ley.
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La nueva ley permite la entrada de animales a los transportes. Pero hay segunda lectura. Aquí se seguirá rigiendo todo por las ordenanzas y normativas de las entidades de cada transporte. FGV permite los perros guía, como no, pero otras mascotas deben viajar en transportines. Y la EMT? Hasta 15 kilos podemos subir con el perro en el autobús. Los taxis, la norma lo permite, pero el taxista tiene reservado el derecho de admisión, como ocurre con los comercios. «Facilitarán la entrada de animales de compañía en sus vehículos de manera discrecional, salvo circunstancias debidamente justificadas», dice la norma.
La ley fija que todo edificio público debe permitir su acceso. Las bibliotecas son uno de los casos donde existe esa posibilidad. «Sin suponer un riesgo para las personas, otros animales y las cosas» es el único apunte de la ley. Canes agresivos acabarán vetados. Los que tengan la vejiga fácil, acabarán en la calle. Y los ladradores, en recintos silenciosos, acabarán contraviniendo la norma del «silencio» que rige en estos sitios. ¿Y en misa? Es potestad de la Conferencia Episcopal y esta no contempla la entrada de mascotas.
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Las playas caninas como la de Pinedo pueden tener sus días contados, en cuanto a ser los únicos lugares señalados para que los canes se remojen. «Sin perjuicio de lo establecido en sus ordenanzas municipales, los Ayuntamientos promoverán el acceso a playas, parques y otros espacios públicos de aquellos animales de compañía que no constituyan riesgo para las personas, otros animales o las cosas. Sin perjuicio de su acceso a estos y otros espacios, los municipios determinarán en todo caso lugares específicamente habilitados para el esparcimiento de animales de compañía, particularmente los de la especie canina». Depende de la regulación expresa que hagan los ayuntamientos, pero la veda de bañarse en cualquier playa puede levantarse el próximo verano.
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