A día de hoy, cientos de miles de valencianos se están viendo afectados por la tragedia generada por la DANA. Sólo en materia fiscal, el Gobierno prevé retrasos en el segundo plazo del IRPF en el caso de más de 200.000 contribuyentes de la zona afectada en Valencia. El Colegio de Registradores de España señala que el número de fincas afectadas son más de 130.000 en más de 54.000 hectáreas, y el grueso de esa afección se sitúa en la provincia de Valencia. Los daños son brutales. Tanto la Generalitat como el Gobierno central han anunciado la puesta en marcha de ayudas públicas. En el caso del Consell, el importe es de 6.000 euros por vivienda afectada en una partida de 200 millones a repartir entre este año y el próximo, una ayuda que se articula a través de un decreto con fecha de lunes y que se pueden comenzar a solicitar ya y hasta el 16 de diciembre, poco más de un mes. El Ejecutivo de Sánchez publicó sste miércoles en el BOE otro decreto con un paquete de medidas con las ayudas a las personas, autónomos y empresas, así como medidas fiscales y en materia de Seguridad Social. Las ayudas y exenciones que contempla el Gobierno se pueden pedir a partir de hoy, y en el caso de las vinculadas a los daños en las vivienda hay un plazo de dos meses para presentarlas.
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Las ayudas de la Generalitat se presentan a través de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE). Se puede hacer digitalmente desde la web de los formularios habilitados en la web de la Generalitat. Son relativamente sencillos si se tienen conocimientos o se trabaja habitualmente con este tipo de documentación informática. El problema es que la brecha digital no va a desaparecer ahora por arte de magia. Hay muchos valencianos que ni disponen de firma digital ni de habilidades o conocimientos para abordar este tipo de tramitación. La Generalitat ha iniciado un plan de traslado de oficinas itinerantes a los municipios afectados para tramitar en persona la documentación. En esas oficinas se facilita también ejecutar las peticiones de las subvenciones del Gobierno central. No obstante, en el BOE de ayer también se especifica que, en el caso de las empresas y autónomos, se puede utilizar la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las ayudas de la Generalitat son específicas para las viviendas. Las habilitadas por el Gobierno son más extensas y hay dos meses (hasta el 6 de enero) para presentar instancia y documentación. Se recomienda presentar todo junto para acelerar el procedimiento. En el caso de las personas físicas pueden presentar la instancia y la documentación tanto telemáticamente como en un registro de cualquier administración: en un ayuntamiento, en unas oficinas de la Generalitat que cuenten con un registro, o en dependencias del Gobierno ubicadas en los municipios afectados.
«Se recomienda desplazarse lo mínimo indispensable, hacerlo en el registro más cercano dentro del municipio», indican desde el Ejecutivo. En la Delegación del Gobierno se atenderán desde hoy dudas de los afectados dirigidas a un número de teléfono y un correo electrónico que estarán operativos, por el momento, de 9 a 19 horas.
Las compensaciones que tienen que ver con los vehículos, afectados de manera masiva, miles de ellos, unos sorprendidos en plena carretera el pasado martes 29 de octubre y otros las calles y garajes de los municipios afectados, deben cursarse a través de los respectivos seguros (solicitan la documentación del vehículo, incluso fotos aunque se encuentre muy deteriorada). Teniendo en cuenta que muchísimos vehículos están en situación de siniestro total, supondrá recibir una compensación equivalente a la tasación oficial, que depende de los años de matriculación, una cantidad que serán completada con un 20% por parte del Consorcio de Compensación de Seguros, que en algunos municipios también ha abierto oficinas para la tramitación y que, en el caso de las aseguradoras, también están ofreciendo agilizar ese trámite. En definitiva, hay que llamar al seguro del vehículo o dirigirse al Consorcio, ya sea a través de internet, por teléfono o en las oficinas que se han abierto circunstancialmente en algunos municipios.
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Desde Delegación de Gobierno se facilita un enlace a esta web donde se puede acceder a los formularios, pero aún no se ha actualizado la información relativa a cantidades al Real Decreto aprobado ayer. Una vez que se accede, hay que elegir el tipo de ayuda que se va a solicitar y una vez dentro de ella se puede descargar el formulario para imprimirlo y presentarlo de manera presencial o hacer la solicitud telemática.
En un importante número de las decenas de municipios afectados por la Dana no hay red de internet operativa, o algunas compañías han dejado de tener cobertura. Así pues, los anuncios de las ayudas del Gobierno y la Generalitat, que se pretenden tramitar electrónicamente, no son eficaces. Los vecinos de municipios como Picanya o Paiporta, Algemesí... se tiene que desplazar por las calles embarradas en busca de cobertura para sus móviles, no digamos ya todo lo relativo a ordenadores.
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Ante semejantes dificultades completamente reales, fuentes del Consell aseguraron ayer que desde este miércoles se han puesto en marcha decenas de oficinas. Una de ellas, según las mismas fuentes, se estableció durante la mañana de ayer en Paiporta, una de las zonas más severamente afectadas por la riada. Para acceder a esas ayudas es necesario acceder los formularios y a las páginas webs desde donde se tramitan. Por ello, y frente a la imposibilidad de los vecinos afectados de desplazarse más allá de sus propios municipios, así como por las incidencias relacionadas con la red (pérdidas de cobertura y de ordenadores o dispositivos electrónicos), se abren las oficinas itinerantes a las que se trasladan a los funcionarios. «Si los solicitantes no tienen acceso a sus cuentas bancarias, nosotros intentaremos facilitar ese acceso», aseguran desde la Generalitat.
Por lo que se refiere a las ayudas del Consell a la vivienda, las tramita la AVSRE. Se dirigen a «las personas físicas que hayan sufrido la pérdida de bienes y enseres de primera necesidad como consecuencia de los daños ocasionados en su vivienda por el temporal de lluvia y viento producido por la Dana». Se vinculan a una relación de municipios afectados, un total de 78, se conceden de forma directa y son beneficiarias «las personas físicas que tienen a su disposición una vivienda ubicada en alguno de los municipios afectados, cuyo contenido haya resultado gravemente dañado», y se advierte de que «unicamente se podrá presentar una sola solicitud de ayuda por vivienda», un total de 6.000 euros por vivienda en una partida total de 200 millones, de los que 60 se consignan en el presupuesto de este año y el resto en el del año próximo.
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Los solicitantes deben aportar en su petición el «título jurídico que le habilita para hacer uso de la vivienda o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada; es decir, que debería ser suficiente un recibo del IBI. Además, se debe presentar una declaración responsable del domicilio exacto de la vivienda afectada, así como declaración de conformidad con las presentes bases reguladoras, todo ello mediante la cumplimentación de un documento anexo al decreto que puede consultarse en la web de la Generalitat. Además, se debe aportar «documentación acreditativa para la domiciliación bancaria». La documentación «cumplimentada y firmada, deberá presentarse en las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat, a estos efectos, o, en su caso, en las oficinas habilitadas por la Generalitat, preferentemente en el de la localidad en la cual se ubica la vivienda».
El decreto de la Generalitat también establece que «se podrá presentar también la solicitud de ayuda adjuntando un certificado del Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la vivienda», donde se identifique la vivienda y al solicitante. Si la documentación está incompleta o hay una duplicidad de solicitudes para una misma vivienda , habrá un plazo de 10 días a partir de que se presenta para subsanar los errores.
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Aunque se deba el IBI o cualquier otro tipo de recibo, el decreto establece que en las subvenciones que se regulan se les podrá reconocer la condición de beneficiarias y proceder al pago, aun cuando no se esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o ante la Seguridad Social.
«El pago de la subvención se efectuará, por medio de transferencia, a la cuenta bancaria que la persona beneficiaria determine, por el importe de 6.000 euros», de ahí que en las solicitudes se hace hincapié en los datos bancarios.
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El Ejecutivo central ha dispuesto un paquete de medidas que van desde las ayudas directas a las personas, a los ayuntamientos, a las empresas, pymes y autónomos («se consideran como pequeñas y medianas empresas las que tengan un importe neto de cifra anual de negocios que no supere los seis millones de euros) el refuerzo de juzgados, notarios y registradores, la postergación de hipotecas y préstamos personales, así como exenciones y reducciones fiscales, aplazamiento del segundo pago del IRPF, creación de una incapacidad temporal extraordinaria de trabajadores con dolencias físicas o psicológicas provocadas por la riada, o la agilización de la prestación por cese de actividad para autónomos.
La Agencia Tributaria ha creado en sus oficinas de la provincia de Valencia «puntos especiales de atención a los afectados, tanto en relación con necesidades de información y asistencia sobre las medidas de índole tributaria del RDL, como para facilitar cualquier trámite. Para profesionales tributarios, la AEAT establecerá un punto de atención específico para profesionales tributarios afectados, en la sede de su Delegación Especial en Valencia, al objeto de facilitarles cualquier gestión que necesiten», según informa el Gobierno.
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En el apartado de las ayudas directas a los damnificados, el gobierno señala que «en los supuestos de fallecimiento y de incapacidad causados directamente» por la riada, la cuantía de la ayuda será de 72.000 euros.
La destrucción o daños en enseres y los daños en vivienda se compensan a través de un baremo al que se tiene acceso cuando se acredita la titularidad del inmueble. Por ejemploc con un recibo del IBI o similar. Para acreditar la cuantía del daño en la vivienda, si no existe cobertura de un seguro «se admitirá un informe pericial contratado y validado por el Ayuntamiento en el que conste la destrucción de la vivienda con una valoración de la misma, o los daños sufridos por esta o en los enseres de primera necesidad con una valoración de los mismos». Las cantidades que ofrece el Gobierno van desde los 60.480 euros (por destrucción total de la vivienda habitual), pasando por los 41.280 euros (por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual), algo más de 20.600 euros (por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual) hasta los 10.320 euros vinculados a la destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual; es decir, electrodomésticos como la nevera o la lavadora. Por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, se habilitan ayudas de hasta 36.896 euros.
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Si un ciudadano afectado por la DANA tiene firmada una hipoteca o un préstamo al consumo, podrá posponer el pago de los créditos durante tres meses, si bien deberá abonar los intereses de ese paréntesis durante los nueve meses restantes. Estas solicitudes también pueden tramitarse vía telemática a través de este enlace. En el caso de los autónomos, la ayuda directa que puede pedirse es de 5.000 euros.
Para las pymes, oscilarán entre los 10.000 para los que tengan menos de un millón de euros de volumen de operaciones en el ejercicio 2023 o del importe neto de la cifra de negocios y hasta los 150.000 euros para las empresas con más de 10 millones de euros de cifra de negocios o volumen de operaciones, estimándose unas 30.000 empresas beneficiarias y un coste de 513 millones de euros. Estas ayudas se podrán solicitar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, comunicando el número de cuenta en el que se desea recibir el pago y se podrán pedir desde el próximo 19 de noviembre. El pago se realizará a partir del 1 de diciembre. Para informar a los afectados de los procesos de solicitud, se va a publicar un apartado específico en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con toda la información relativa a estas ayudas directas.
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A través de una orden ministerial de Hacienda, se aprobará también una reducción de los módulos agrícolas, tanto en el ámbito de estimación objetiva (módulos) del IRPF y del régimen especial simplificado de IVA para explotaciones y actividades agrícolas que hayan sufrido los efectos de la riada. A ello se suma la exención de determinadas tasas: por expedición del DNI, de la Dirección General de Tráfico (DGT) para la tramitación de bajas por vehículos dañados y por duplicados de permisos de circulación o conducción destruidos y dañados.
Los ciudadanos de las zonas afectadas podrán retrasar tres meses el periodo de pago voluntario del segundo pago del IRPF, hasta el 5 de febrero de 2025, para aquellos con domicilio fiscal en zonas afectadas. La medida afecta a unos 200.000 contribuyentes en la provincia de Valencia. La Agencia Tributaria ha acordado con las entidades financieras que no se procediese a realizar el cobro del segundo plazo, cuyo vencimiento se producía el 5 de noviembre. En el caso de que se haya realizado algún cobro, se devolverá en un plazo de tres días hábiles. El impacto económico de esta medida se estima en 300 millones de euros.
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La creación de la incapacidad temporal extraordinaria de trabajadores con dolencias físicas o psicológicas por la Dana, supone garantizarles una prestación mayor con el cobro del 75% de su salario desde el primer día de incapacidad, frente al 60% como hasta ahora. Las pensiones por incapacidad, viudedad y orfandad causadas por la Dana también se asimilarán a accidentes laborales y, por tanto, verán aumentadas su cuantía y mejoradas sus condiciones al calcularse en función de los ingresos totales del último año. Las incapacidades temporales serán comunicadas por el médico del Servicio Público de Salud y estarán funcionando esta semana.
La Asociación Nacional de Administradores de Fincas (AAFF) anunció ayer que ha aprobado eximir a los miembros de su organismo que tengan sede en las localidades afectadas del pago de la próxima cuota trimestral con el objetivo de «apoyar su proceso de recuperación y facilitar un inicio de año más sólido», según ha explicado la propia asociación.
Nedgia, la distribuidora de gas del Grupo Naturgy, ha asegurado que reparará o sustituirá instalaciones y equipamientos de gas (calderas, calentadores…) y ayudará económicamente al reemplazo de electrodomésticos (lavadora y frigorífico) de sus clientes en las zonas más afectadas por las lluvias torrenciales de la pasada semana. La iniciativa ya se puede gestionar a través de los canales del Servicio de Atención al Cliente de Nedgia (www.nedgia.es). También, a través del número telefónico 900408080 y en puntos de atención presencial que se desplegarán en la zona, como los ya habilitados en Benetusser (Camí Nou, 36) y Catarroja (Iglesia de San Antonio).
La Universidad Católica de Valencia (UCV) lanza una convocatoria extraordinaria de becas para sus estudiantes afectados. En principio, el periodo de solicitud se extenderá hasta el próximo 30 de noviembre, a través de su plataforma digital.
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Por su parte, CaixaBank ha recibido autorización para desplazar oficinas móviles para la prestación de servicios bancarios esenciales, como retirada de efectivo, solicitud de anticipos, gestión de moratorias de préstamos o tramitación de seguros, en algunas de las localidades donde no es posible ofrecer servicio en oficinas.
La secretaria general del PP, Cuca Gamarra, confirmó ayer su apoyo a la convalidación en el Parlamento del decreto de ayudas de 10.600 millones por la DANA que ha aprobado el Consejo de Ministros, pero ha indicado que ese plan se queda «corto» y es «insuficiente». Por eso, ha pedido que esa ayuda a los damnificados alcance los 31.400 millones que ha reclamado el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón. Por su parte, los Inspectores de la Hacienda Local apoyan las exenciones fiscales a los afectados por la DANA pero piden agilidad al Estado para compensar a los ayuntamientos y evitar graves problemas de tesorería.
La patronal valenciana, la CEV ha considerado que el primer paquete de ayudas anunciado este martes por Pedro Sánchez para los municipios afectados por la catástrofe natural es un primer paso conveniente, pero insuficiente para la recuperación inmediata de la normalidad. La patronal valenciana, que ayer participó en la reunión que el Rey Felipe VI mantuvo con diversas organizaciones empresariales del país, criticó ciertos puntos del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento de la Comunitat Valenciana al considerar que ciertas ayudas «pueden quedar cortas».
La CEV considera que es importante que las empresas afectadas por la catástrofe no deban responder a ciertas obligaciones. La patronal exigió a la Administración la modificación del Decreto para que aquellas compañías que soliciten un ERTE por fuerza mayor no tengan el deber de mantener el empleo durante un plazo mínimo de seis meses. A cambio, la CEV propone que las firmas que despidan a algún trabajador sean castigadas con el reintegro de las cotizaciones correspondientes al empleado del que se prescinda. Asimismo, el organismo presidido por Salvador Navarro reclamó que la exención del pago de diversos impuestos pueda extenderse también hasta 2025, así como la puesta en marcha de un «potente Plan Renove» para el parque de vehículos dañados por los efectos de la DANA para garantizar «la movilidad de las personas trabajadoras afectadas». Pese a las críticas, Navarro aseguró que la mejor forma de «atender a los damnificados, a las empresas y a los autónomos» es hacerlo con unión y agilidad.
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La tramitación ha propiciado ya el malestar de los ciudadanos. El formulario es un trámite telemático que puede convertirse en una ratonera hasta para las asesorías que se pusieron manos a la obra. Algunas, como una afincada en Torrent, ofrecieron sus servicios de manera gratuita pero se encontraron con un sinfín de inconvenientes. La tramitación se puede hacer por la autentificación del certificado digital y sin él. Fue en esta segunda opción donde la desesperación es mayor. ¿Qué puede hacer el ciudadano que no tenga certificado digital? O bien hacerlo personalmente o autorizar a cualquier asesoría (curiosamente mediante certificado digital). «Nos han llamado gente llorando», indican desde una asesoría.
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