Primer día de clase en un colegio de Valencia. Manuel Bruque/EFE

Educación limita el punto que dan los centros valencianos en la admisión tras la polémica del curso pasado

Los colegios e institutos ya no podrán diseñar criterios propios y se ceñirán a las 28 opciones que propone la administración

Joaquín Batista

Valencia

Jueves, 20 de febrero 2025

La Conselleria de Educación ha acotado el punto de libre designación que eligen los centros de cara a la admisión de alumnos del curso que ... viene, de manera que los consejos escolares de los colegios e institutos públicos o las titularidades de los concertados ya no podrán diseñar sus propios criterios, sino que se tendrán que ceñir a las 28 opciones que ofrece la administración.

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La decisión, trasladada este jueves a los equipos directivos a través de una instrucción, tiene mucho que ver con la polémica que se generó en la admisión de 2024, con la proliferación de casuísticas que obligaron a la inspección y a la propia conselleria a anular cientos de propuestas por considerarlas discriminatorias con el plazo de presentación de solicitudes ya cerrado.

Los centros pueden establecer hasta cuatro circunstancias específicas (o no fijar ninguna). Basta con reunir una de ellas para conseguir el punto, por lo que cumplir dos, tres o cuatro no da más ventaja. Este se sumará a los ordinarios que se emplean en caso de tener que ordenar las solicitudes de acceso por haber más peticiones que vacantes.

Tendrán que comunicarlas a la conselleria entre los días 5 y 12 de marzo a través del programa de gestión de centros Ítaca, y los criterios seleccionados serán baremados por parte del centro, de manera automática a partir de la información de la solicitud de admisión o del sistema gestor o en función de una declaración responsable de los progenitores. Esto implicará que tendrán que presentar la documentación justificativa en el momento de la matrícula. Los elegidos se expondrán en los tablones de anuncios de los centros y también en un documento digital al que se podrá acceder desde la página web de la conselleria.

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Para la admisión del curso pasado la Dirección General de Centros ya propuso 21 criterios preestablecidos, aunque las escuelas tenían libertad para decantarse por estos o plantear los suyos propios (dos como máximo), siempre dentro del marco que fija el decreto de admisión de alumnos, que viene a decir que no se puede generar ningún tipo de discriminación.

Cuando se acometió el trabajo de revisión, los técnicos y los inspectores se encontraron con cantidad de casuísticas que iban un paso más allá. Las más sonadas fueron las que pedían haber nacido en la Comunitat, haber recibido premios al rendimiento, hacer extensible la condición de antiguo alumno a familiares más allá de progenitores o hermanos, por serlo de otros centros de la misma orden o titularidad (incluso de otros países), por mantener un vínculo con esta o sus obras, por elegir en la solicitud únicamente centros públicos, por pertenecer a entidades culturales o deportivas o por comprometerse a fomentar la enseñanza en valenciano. Todos ellos fueron anulados.

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Para el próximo proceso, que empezará entre abril y mayo, Educación deja elegir entre 28 criterios, incluyendo todas las circunstancias ordinarias que se analizan en caso de baremación de las solicitudes (hermanos, renta, tipología de familia, situaciones de discapacidad, etcétera). Es una manera de darles un mayor peso, pues sumarán un punto más a los habituales.

También se recogen otros que ya figuraron el año pasado, como proceder de una escuela infantil autorizada -permitiendo también que esté situada en el mismo código postal o colindante-, que se haya elegido el centro como primera opción, que se presente una solicitud de admisión simultánea para varios hermanos o que ambos padres acrediten que están trabajando (no por una cuestión económica, sino de conciliación).

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La principal diferencia respecto al listado del año pasado es que se acota la posibilidad de dar el punto en función del criterio de proximidad. En 2024 no se concretaba, más allá de residir o trabajar en la misma zona que el colegio elegido. Ahora existe la posibilidad de otorgarlo si se dan los siguientes casos: vivir o tener el puesto laboral en la zona de influencia (igual), en esta o en las limítrofes, en el área que corresponde con el código postal del centro o en las que coincida también con códigos limítrofes.

El año pasado fueron centenares los centros públicos que, aprovechando la posibilidad de diseñar criterios propios, optaron por situaciones que buscaban limitar la influencia del distrito único, que en la práctica da todos los puntos de proximidad (10) por vivir en el mismo municipio. Otorgaban el de libre designación (uno más, por tanto) si se vivía en determinadas calles cercanas, en la antigua área de influencia o en varios códigos postales. Podrán seguir haciéndolo, pero siempre dentro de las posibilidades que da la conselleria. Es decir, decantándose por las nuevas opciones asociadas a la dirección postal.

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