![El cambio en los criterios de admisión de alumnos afecta a 132 colegios de la Comunitat](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/06/11/Imagen%20(191795805)-RRuy3CyviiXwrl3aefy1iXM-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
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La Conselleria de Educación ha exigido a 132 centros públicos y concertados de la Comunitat que eliminen alguno de los criterios que crearon para dar el punto de libre designación cara a la admisión de alumnos. A juicio de la administración, contravienen la normativa ... por su carácter discriminatorio, y han sido detectados en los últimos días, durante el proceso de revisión que está llevando a cabo la inspección y la Dirección General de Centros Docentes.
La decisión llega después de que la Confederación de Ampas Gonzalo Anaya presentara una queja ante el Síndic de Greuges en este sentido, si bien la mayoría de los requisitos cuestionados por la organización -prefijados por la propia administración- sí están pasando la criba. No sucede lo mismo con los de diseño propio. Esto es, los que han creado ex profeso los consejos escolares en los públicos o las titularidades en los concertados.
La verificación llega en vísperas de que se resuelva la baremación de las solicitudes de las familias, el trabajo que realizan los centros para determinar parte de los puntos que corresponden a cada aspirante, un proceso que luego completa la administración. La ordenación final, que determinará si se entra en el colegio elegido, corresponde a una aplicación informática y se conocerá el 1 de julio.
En las últimas horas se ha publicado en la página web la última actualización de los listados que recopilan todos los puntos por circunstancia específica fijados por los centros. Y si se comparan con las versiones anteriores, de principios de mes -las que utilizó la Gonzalo Anaya para armar su queja-, se pueden detectar cuáles han decaído. De ahí los 132 centros a los que se le ha obligado a rectificar.
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La gran mayoría de los criterios anulados son de centros concertados que han optado por extender la condición de antiguo alumno, de manera que también se consigue el punto si el interesado o un familiar estudió en un colegio de la congregación o la empresa distinto al que se opta. Es decir, de otras ciudades, comunidades o incluso países. También tienen un peso importante, aunque menor, los que premian los lazos con la titularidad, por ejemplo haber colaborado en acciones de voluntariado o de tipo social -«mantener una relación con sus obras y carisma»-, ser trabajadores de la entidad o de otras escuelas de la misma o tener vínculos mediante actividades escolares o extraescolares (como catequista o monitor, por citar algunas casuísticas).
Del análisis de los listados se desprenden otros criterios anulados que llaman la atención. Por ejemplo, hay una localidad del área metropolitana en la que todos sus Ceips permiten obtener el punto si la familia, en su solicitud, sólo ha plasmado centros públicos. Es decir, no se consigue si se ha pedido al menos un concertado, de los que hay varios en el municipio en cuestión. Además, en Camp de Túria dos escuelas querían premiar el tener un hermano escolarizado en un centro público (o pedir plaza para él en esta red).
Educación tampoco ha permitido que un instituto de la provincia de Alicante diera el punto a aspirantes que hubieran sufrido acoso escolar en su centro de origen (acreditado con un certificado del departamento de Orientación), o que dispusieran de premios de excelencia «o de concursos convocados por instituciones u organismos oficiales» (también en Camp de Turia). Haberse distinguido en términos de participación en el tejido asociativo de su entorno o centro, por ejemplo, siendo miembro del consejo escolar o delegado de clase (un centro de l'Horta), o perteneciendo a una asociación cultural, musical o deportiva (La Marina) son otras circunstancias que tampoco han pasado el filtro. Lo mismo ha sucedido con criterios como ser hijo de «padres convivientes», haber nacido en la Comunitat o en determinada localidad o los que priorizaban a los que se comprometían a elegir enseñanza en valenciano o a fomentar su uso en la escuela.
Como adelantó LAS PROVINCIAS, Educación lleva varios días informando a los centros afectados, que tienen de plazo hasta este miércoles para decidir si cambian la circunstancia anulada por alguna de las 21 que preestableció la administración. Pero en base a las consultas realizadas por este periódico entre diferentes titularidades concertadas, serán los menos los que optarán por esta posibilidad, una manera de no trastocar todavía más la baremación. Y es que el periodo de presentación de solicitudes ya ha terminado, por lo que introducir ahora un criterio añadido podría provocar desigualdades, pues no todos los aspirantes estarían en condiciones de cumplirlo.
Las mismas fuentes han mostrado su sorpresa «por la arbitrariedad» con la que ha actuado la conselleria, pues a su juicio «ha tildado de oficio como discriminatorios aspectos que se utilizaron para facilitar a familias que, coincidiendo con nuestro modelo educativo e identidad, pudieran elegirnos». Por ejemplo, se cuestiona que sí se permita la condición de antiguo alumno o de trabajador en el centro pero que no se haga extensiva a aspirantes de escuelas distintas pero de la misma titularidad. «Además, no se nos ha dado ninguna posibilidad de explicación ni de justificación», añaden, en el sentido de que la anulación ha sido unilateral. Para algunos afectados, «no se ha respetado la autonomía de los centros».
Por su parte, el secretario autonómico de Educación, Daniel McEvoy, ha defendido, a través de un comunicado, que los puntos por circunstancia específica «están en fase de revisión», al tiempo que ha afirmado que «no se van a aceptar criterios que incurran en algún tipo de discriminación».
El número dos de Rovira se ha referido a casos vinculados a la condición de antiguos alumnos que había que acotar, a los que primaban la petición de enseñanza en valenciano o al que solicitaba haber nacido en la Comunitat. «Evidentemente todos los criterios que discriminan por razón de origen, de religión o de cualquier otra circunstancia social no se van a aceptar porque no cumplen con el propio decreto de admisión», ha dicho.
Además, desde la Confederación Gonzalo Anaya han calificado la revisión de «medida de maquillaje», criticando que sigan manteniéndose criterios como que los padres trabajen, la condición de antiguo alumno del propio centro o que el aspirante haya sido escolarizado en el primer ciclo de la Educación infantil en una escuela de la misma titularidad.
Estas circunstancias no las ha tocado Educación porque en realidad las propuso la propia administración, por lo que considera que no tienen componente discriminatorio. Y respecto a la primera, desde algún centro que la aplica han explicado que no va tanto por una cuestión económica sino por el hecho de necesidades de conciliación. De hecho, suele aplicarse en centros municipales de primer ciclo de Infantil.
Además, la organización mayoritaria de Ampas pone el acento en otro criterio que sí ha pasado el filtro, pese a ser también llamativo: que los padres «hayan mostrado interés por el proyecto educativo del centro asistiendo a las puertas abiertas personalizadas».
A su juicio, la conselleria debería eliminar de manera urgente el punto por circunstancia específica. Y para próximos cursos, volver a un modelo de zonificación. O lo que es lo mismo, derogar el decreto de admisión de alumnos, algo que también ha pedido la oposición parlamentaria del PSPV y Compromís.
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