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La Fiscalía de Valencia se ha desmarcado por primera vez del criterio de la jueza que investiga la gestión de la dana. El ministerio fiscal ... informó el pasado miércoles a favor de que la Audiencia revocara el auto por el que se citaba a declarar al exsecretario autonómico Emilio Argüeso. El contenido de ese escrito se ha conocido hoy por las partes, una vez lo ha notificado el juzgado.
Dos responsables del ministerio público han acudido a la declaración de Argüeso pero en ningún momento han comunicado su criterio. Fuentes judiciales señalaron que la presentación del recurso no tiene carácter suspensivo y, además, una declaración no es el momento procesal para reiterar una posición ya expresada previamente en un informe. Así que la declaración se ha efectuado, tal y como estaba prevista.
La instructora imputó a Argüeso «por su relevancia orgánica y, por ende, decisora», expresión a la que se refiere al cargo que ocupaba como secretario autonómico de Seguridad y Emergencias. La Fiscalía, citando al Tribunal Supremo, recuerda que la «responsabilidad penal es estrictamente personal. Cualquier juicio de autoría exige que la persona a la que se atribuye responsabilidad criminal haya ejecutado por sí la acción típica o, en supuestos de coautoría, tenga el dominio funcional del hecho».
Todo esto se complica enormemente cuando existe una división y delegación de funciones y, por tanto, de la capacidad de decisión. Esto es lo que sucedió en el Cecopi. Esta -continúa el escrito- puede recaer en un grupo diverso y múltiple de personas que ejercen algún tipo de mando y dirección dentro de la estructura. «Esto es lo que acontece en casos como el presente», subrayan. De tal forma que el fiscal concluye que la juez ha hecho una «atribución objetiva de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo» del secretario autonómico. La imputación de Argüeso, en manos de la sección Segunda de la Audiencia. El caso de la dana se complica todavía más.
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